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Marcas

La marca Ziege se registró en la Superindustria a pesar de la oposición interpuesta por Puma

El signo Zeige es conceptualmente fantasioso mientras que la marca de Puma evoca un felino que vive en las llanuras

02 de septiembre de 2020

Allison Gutiérrez Núñez

agutierrez@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

En este pleito marcario, se presentó en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) la sociedad Puma SE para oponerse al registro de la marca Ziege (mixta) de Juan Carlos Castro, quien pretendía distinguir productos de la clase 18 y 25 de la Clasificación Internacional de Niza, la cual incluye maletas, bolsas, billeteras de cuero y ropa interior como bodis y ligas, entre otros.

La opositora pretendía proteger su signo (mixto) en donde predomina el logo de un puma. Debido a ello, la sociedad alegó que su marca era notoriamente conocida en el mercado para distinguir productos como ropa, zapatos, bolsos, relojes y otros artículos de vestir por lo que se podría generar un riesgo de confusión con la marca Ziege, lo que causaría la dilución de la fuerza distintiva de Puma y el signo a registro se podría aprovechar de su alta reputación.

En cuanto a lo que corresponde al cotejo visual entre las marcas en conflicto, Puma señaló que existían altas similitudes visuales y conceptuales. La compañía dijo que Ziege contenía la figura de un animal saltando de derecha a izquierda y que además la figura saltaba encima de las palabras y se incluía el color negro en toda la presentación del signo como también lo hace su mítica marca.

LOS CONTRASTES

  • Edgar Iván León RobayoProfesor de la U. Sergio Arboleda

    “Cuando una marca contiene elementos distintivos que no generan riesgo de confusión alguno, la notoriedad de esta no es suficiente para impedir un registro de marca”

Lo anterior, añadió la fabricante de accesorios, ropa y calzado deportivo generaría un ejercicio erróneo y perjudicial para su marca pues habría una confusión y asociación en tanto que los consumidores podrían llegar a pensar que las prendas de vestir de Ziege eran una extensión de las suyas.
Por último, la compañía opositora dijo que también existía una similaridad directa entre los productos que cada marca prestaba, específicamente con la clase 18, en donde hay cosas que se presentan entre las marcas intercambiables y con unas mismas finalidades a satisfacer necesidades idénticas.

Por su parte, Castro defendió su marca Ziege con el argumento de que no existía semejanza alguna entre los signos en pleito que pudiera recaer en causal de irregistrabilidad, debido a que la parte nominativa de cada signo, no coincidía en la ubicación de las vocales, ni tampoco, dijo Ziege, utilizaban la mismas consonantes, diferencias, que aduce Ziege como suficientes para mitigar cualquier riesgo de asociación o confusión en el mercado.

Por último, la marca a registro dijo que existía también distintividad entre la pronunciación de las palabras debido a que la suya proviene del idioma alemán y que además evoca animales distintos, la suya usa una cabra y, la opositora contenía a un puma.

Por su parte, la Superindustria halló que no existía semejanza alguna en la secuencia consonántica ni vocálica en la constitución ortográfica por lo que las dos marcas tenían elementos nominativos y también gráficos que permitían su individualización. En esa medida, la entidad declaró infundada la oposición interpuesta por la compañía Puma y concedió al registro a la marca Ziege.

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