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Marcas

Quba no se pudo registrar ante la Superindustria tras oposición de Sandwich Qbano

Qbano alegó fuerte conexión competitiva, pero Quba aseguró que no producirán sándwiches, pues se enfocarán en sectores distintos al de restaurantes

06 de abril de 2021

Esteban Feria


Canal de noticias de Asuntos Legales

A la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó Mayra Alexandra Umbarila Vélez solicitando el registro de la marca Quba, que pretendía distinguir a los productos comprendidos en la clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota frutas y hortalizas, además de productos preparados a base de frutos secos.

Tras la solicitud, la sociedad FSQ Group SAS, que representa a la cadena Sandwich Qbano, presentó oposición al registro, acogiéndose a las causales descritas en los artículos 135, literal b) y 136, literales a), b), c) y h) de la Decisión 486 del 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina.

El signo opositor argumentó que la marca solicitante, replica una parte sustancial del elemento nominativo de las marcas registradas Sandwich Qbano y Sandwich Cubano, que han tenido amplia trayectoria y reconocimiento desde 1994, cuando fueron registradas.

“El registro de la marca Quba atenta contra el derecho del uso del nombre comercial Franquicias El Sandwich Cubano, pues induce a error y confusión en el consumidor, al comercializar productos del mismo sector”, argumentó la empresa en su recurso.

A la oposición, Mayra Alexandra Umbraila Vélez aseguró que la marca opositora no comercializa ni distribuye productos de la clase 29, pues los signos distintivos del opositor se encuentran ligados a sandwiches y establecimientos para adquirirlos.

“La palabra Quba relaciona expresiones que provienen de culturas, evocando el significado ‘frutos del árbol’, por ello, su elemento gráfico se acompaña de hojas verdes, referenciando un producto natural y saludable y evidenciando la ausencia de similitudes”, comentó el apoderado de Umbarila Vélez.

Tras un análisis, la dirección de la SIC determinó que el signo solicitante no posee rasgos distintivos dentro de su componente gráfico y nominativo, por lo que puede generar un riesgo de confusión indirecta frente a las marcas opositoras.

“Los signos cotejados pueden generar una percepción errada en el consumidor, que puede asociar un mismo origen empresarial y por ello no pueden coexistir en el mercado”, agregó la Superindustria.

Se concluyó en el análisis que Quba afecta notoriamente la fuerza distintiva y valor publicitario de Qbano, que requiere de una protección especial al contar con una familia de marcas con amplia trayectoria en el territorio nacional. Por esta razón, la SIC decidió aceptar la oposición de Sandwich Qbano y a su vez negar el registro de Quba.

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