23 de diciembre de 2024
Suscribirse


23 de diciembre de 2024
Suscribirse
Marcas

Raptor de Ford frenó registro marcario de Raptor, de Akita Motos ante la Superindustria

La compañía de vehículos aseguró que no solo tiene registrada la marca Raptor en Estados Unidos, sino también en Colombia y otros países

21 de octubre de 2021

Juan Diego Murcia

jmurcia@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó la empresa Akita Motos S.A. para registrar la marca Raptor (Mixta), que pretendía identificar productos comprendidos en las clases 12 y 35 de la Clasificación Internacional de Niza, que denotan vehículos y aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, entre otros.

Luego de la solicitud, Ford Motor Company presentó un escrito de oposición contra el registro, alegando que todos los vehículos automotores de la compañía estadounidense tienen una marca que los acompaña, como es el caso de Mustang, Fusion y Raptor, lo que les da un grado de distintividad frente a otras marcas de automóviles.

Adicionalmente, señaló que sus marcas son notoriamente conocidas gracias al gasto que tiene en publicidad para promocionar la familia de marcas en el mercado, siendo conocidas en varios países a través de diferentes páginas web. “Las expresiones enfrentadas tienen todos los elementos ortográficos, y por ende también los fonéticos, tal como se aprecia en una somera confrontación”, agregó la defensa opositora.

Una vez vencido el término concedido por el ente regulador, la sociedad Akita Motos S.A. no presentó respuesta a la oposición radicada.

Luego de un análisis comparativo y de irregistrabilidad, la dirección de la SIC aseguró que los signos cotejados son similarmente confundibles, pues en conjunto su elemento nominativo es ortográfico y fonéticamente igual. “El signo solicitado reproduce la parte relevante del signo antecedente, sin que contenga elementos adicionales que le otorguen distintividad”, apuntó.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo Cabrera GordilloSocio de Sergio Cabrera Abogados

    “Este es un claro ejemplo de la aplicación de la Convención de Washington. La compañía opositora FORD obtuvo una protección especial y excepcional de protección marcaria. La marca registrada “RAPTOR” en Estados Unidos y el acervo probatorio allegado fue contundente para detener el registro".

Bajo la misma línea, la entidad alegó que el signo solicitado simula en su grafía retazos de la palabra ‘Raptor’, en la cual predomina el aspecto nominativo. “El consumidor podrá asumir erróneamente que el signo es una derivación o extensión de las marcas previamente registradas, proveniente del mismo origen empresarial”, adicionó. Finalmente, el ente regulador aseguró que hay una conexidad competitiva, pues cualquier consumidor podría reemplazar un producto con el otro.

Por las razones anteriormente expuestas, la Superindustria declaró fundada la oposición interpuesta por Ford Motor Company y negó el registro de la marca Raptor (Mixta), de Akita Motos S.A., en las clases 12 y 35 internacional.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA