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Marcas

Roa Florhuila impidió el registro de la marca Roa Vélez en pleito ante la SIC

Los fundamentos de la empresa arrocera para oponerse al registro de la marca en cuestión se basaron en que ambas comparten las mismas clases de nomenclatura.

29 de septiembre de 2018

José González Bell


Canal de noticias de Asuntos Legales

La Organización Roa Florhuila S.A presentó oposición en la Superintendencia de Industria y Comercio al registro de la marca Roa Vélez solicitada por María Aurora Roa para distinguir productos y comprendidos en las clases 29, 30 y 32 de la Clasificación Internacional de Niza.

Estas categorías comprenden principalmente los productos alimenticios de origen animal, las verduras, hortalizas y legumbres, así como productos alimenticios de origen vegetal y bebidas a base de arroz.

Los fundamentos de la empresa arrocera para oponerse al registro de la marca en cuestión se basaron en que ambas comparten las mismas clases de nomenclatura, los mismos productos y canales de distribución como tiendas y supermercados por lo que había una evidente conexión competitiva entre las Roa Vélez y Roa.

Ante esto, María Aurora Roa dio como respuesta que “la marca Roa Vélez está solicitando ser registrada para continuar con su actividad comercial de hace más de 130 años, dedicada de manera exclusiva a la comercialización de productos de panadería, siendo su producto insignia la mantecada”.

Luego de realizar el examen de registrabilidad teniendo en cuenta todos los argumentos planteados por las partes implicadas, la dirección de Signos Distintivos de la SIC decidió declarar fundada la oposición interpuesta por la Organización Roa Florhuila y negar el registro de la marca Roa Vélez en todas las categorías solicitadas.

De acuerdo con Ángela Amaya, socia de Amaya Propiedad Intelectual, el signo solicitado Roa Vélez reproduce en su totalidad la marca registrada Roa, sin que la expresión Vélez evite que el consumidor piense que se trata de una nueva versión de la marca protegida y por ende que tienen el mismo origen empresarial.

En este caso, el solicitante María Aurora Roa Palacio podrá presentar el recurso de apelación sobre la decisión de la SIC.

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