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Actualidad

Consejo declara improcedente tutela que ordena reubicar a afiliados de Medimás

La entidad de salud decidió llevar una acción de tutela ya que consideró que estaban violando sus derechos fundamentales

19 de mayo de 2020

Daniel Rojas Castañeda


Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

El Consejo de Estado decidió declarar improcedente la acción de tutela que presentó Medimás con la intención de que se anularan los efectos de los fallos por medio de los cuales se revocó la habilitación de operaciones de la prestadora de servicios de salud y se ordenó el traslado de sus afiliados hacia otras entidades.

Por esa razón, la entidad de salud decidió llevar una acción de tutela ya que consideró que estaban violando sus derechos fundamentales, al exceder las solicitudes de cada uno de los demandantes de estas acciones populares.

De ahí que solicitara su anulación o la suspensión de sus efectos, mientras se decide la apelación que presentó contra dos acciones populares que falló el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en su contra.

No obstante, la Sección Primera del Consejo de Estado declaró improcedente la tutela, teniendo en cuenta que frente a ambos expedientes está pendiente de resolverse el recurso de apelación.

Según la Sala mantuvo la decisión de la Sección Primera y declaró improcedente la acción de tutela, ya que no se cumple con el requisito de subsidiariedad, que obliga a que el afectado no tenga ningún recurso ordinario por la vía judicial para perseguir la satisfacción de sus pretensiones.

Según la Sección Tercera, el supuesto perjuicio irremediable alegado por Medimás no está suficientemente probado, como para que la tutela pueda convertirse en el medio adecuado para proteger su derecho al debido proceso, ante la existencia de un procedimiento judicial ordinario en el que se estudiará si la demandante es o no víctima de un perjuicio derivado de la actividad judicial.

Sin embargo, Medimás decidió aclarar a través de un comunicado de prensa que la sentencia proferida por el Consejo, representa a un fallo de tutela, pero que falta una segunda instancia para que el Consejo sea quien decida sobre el traslado de pacientes a otras entidades de salud.

Por tanto, las órdenes dictadas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca están suspendidas hasta que haya un fallo definitivo por parte del propio Consejo de Estado, decisión en la cual se revisarían integralmente las irregularidades en las que pudo incurrir el Tribunal.

“La EPS reitera que seguirá trabajando como lo ha venido realizando hasta el día de hoy, y no modificará el empeño y la dedicación hasta que no haya una decisión de fondo, así mismo envía un parte de tranquilidad a todos sus afiliados ya que la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca no está en firme y por tanto los usuarios no serán trasladados a otras EPS”, indicaron desde la entidad.

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