23 de diciembre de 2024
Suscribirse


23 de diciembre de 2024
Suscribirse
Judicial

Corte Constitucional ya recibió las seis objeciones presidenciales a la Ley Estatutaria de la JEP

Aún no hay claridad sobre el término de decisión o la competencia del magistrado ponente

08 de mayo de 2019

José David Castilla


Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

Luego de un álgido debate en la plenaria del Senado, donde se decretó una incertidumbre legislativa, las seis objeciones presidenciales a la Ley Estatutaria de la JEP llegaron a la Corte Constitucional. Por ahora, el magistrado Antonio José Lizarazo será el encargado de revisar y realizar la ponencia que estudiará la corporación.

Valga resaltar que esta es la segunda vez que la Corte Constitucional recibe las objeciones presidenciales. La primera ocasión se produjo con base en una petición por parte del presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro Chacón, quien utilizó al órgano constitucional como un elemento de consulta para definir la viabilidad del debate.

En esa ocasión, la Corte decidió declararse inhibida hasta que se llevara a cabo la discusión legislativa. Ahora, le corresponderá a este organismo decidir si la decisión que se tomó en el Senado corresponde a las mayorías parlamentarias para hundir los peros que emitió el presidente Duque a la ley de procedimiento que regiría a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Sin embargo, la determinación de la viabilidad jurídica de estas seis objeciones no tiene antecedentes en el país. Según la sentencia C-080 de 2018, la Corte Constitucional determinó que la Ley Estatutaria de la JEP se adecuaba al ordenamiento jurídico, de allí que el presidente Iván Duque realizara seis objeciones por inconveniencia y no por inconstitucionalidad.

El máximo tribunal avaló este recurso presidencial y ordenó al Congreso de la República que realizara nuevamente el segundo debate en la plenaria de cada cámara (Senado y Cámara de Representantes). Sin embargo, el escenario de incertidumbre parlamentaria no fue contemplado por la Corte Constitucional, por esta razón, no hay claridad sobre el tipo de ley procedimental que se utilizará para que se expida decisión alguna.

Al final, ante la falta de un acuerdo por parte de las dos cámaras del Congreso, le corresponderá a la Corte Constitucional respaldar su precedente jurisprudencial y salvar la estatutaria, o decretar el archivo de los seis artículos que fueron objetados por Duque, dándole la victoria al oficialismo. Por ahora, la incertidumbre es la única certeza de este debate jurídico.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA