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Judicial

Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador de La Guajira a más de 22 años

El alto tribunal inhabilitó a Jorge Eduardo Pérez Bernier, exgobernador de la Guajira, del ejercicio de sus derechos y funciones públicas, y le impuso una multa de $45.341 salarios mínimos legales mensuales vigentes

11 de abril de 2025

Juliana Mariana Cantor

jcantor@larepublica.com.co

Sala primera de la Corte condeno al exgobernador de la Guajira a 22 años de Cárcel
Colprensa
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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador del departamento de La Guajira, Jorge Eduardo Pérez Bernier, a una pena de 22 años por estructurar, impulsar y suscribir un proceso contractual caracterizado por tener graves irregularidades desde sus inicios hasta la ejecución.

El alto tribunal inhabilitó al exgobernador para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 270 meses y ocho días, una multa de 45.341 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilidad
perpetua para ejercer cargos públicos o contratar con el Estado.

En la decisión, el alto tribunal también le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la sustitución de esta por prisión domiciliaria.

Con respecto a la captura del exfuncionario, la Corte ordenó que el arresto de Pérez Bernier se ejecutara de forma inmediata, por lo que el pasado 10 de abril fue detenido.

El alto tribunal señaló que, en el proceso contractual liderado por el exgobernador, se vulneraron principios esenciales de la contratación pública como la transparencia, planeación, selección objetiva y la responsabilidad fiscal.

Todo esto, debido a que se obviaron requisitos esenciales en este tipo de trámites como lo son los estudios técnicos, el análisis de impacto, las licencias ambientales y la verificación de la experiencia del contratista.

Con respecto a los recursos desviados, la Corte comprobó que el exgobernador permitió y facilitó que más de $24.000 millones en recursos públicos fueran destinados en favor de terceros, por medio de operaciones ficticias, sobrecostos y subcontrataciones.

“Sus decisiones estuvieron guiadas por la intención deliberada de dañar la administración pública que debía proteger”, aseguró el alto tribunal.

En el fallo, el alto tribunal recalcó que las actuaciones del exmandatario no fueron errores técnicos ni simples omisiones, sino decisiones conscientes y reiteradas para desviar recursos que debían mejorar la infraestructura escolar del departamento.

También hizo un llamado a toda la comunidad, y a los altos cargos de esta, para concientizar el impacto que tienen este tipo de acciones en la comunidad y en la carrera política de los que incurran en faltas como estas.

“Con la imposición de la sanción, la Sala propende a restablecer el orden alterado y sentar un precedente que alerte a quienes ejercen cargos populares y ostentan responsabilidades de compromiso al patrimonio público, para que actúen conforme al ordenamiento y se proscriba del quehacer cotidiano cualquier tipo de trampa con la que se pretermita el estricto acato al ordenamiento, máxime cuando, como se destacó líneas atrás, se trataba de dineros que debieron invertirse adecuadamente en la educación de niños, niñas y adolescentes de La Guajira”, expresó la Sala Primera en la sentencia.

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