Corte tiene 60 días para fallar luego de que fue radicada la ponencia de la pensional
El documento es objeto de estricta reserva; la ley acumula más de 50 demandas por vicios en el trámite que se le dio en el Congreso
18 de febrero de 2025
El presidente y magistrado de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez Najar, presentó en la Sala Plena del alto tribunal la ponencia en el caso de la Reforma Pensional, el pasado viernes 14 de febrero a las 5:00 PM.
El documento es objeto de reserva, por lo que los miembros de la Corte no pueden referirse al mismo hasta que se tenga un decisión final.El alto tribunal tiene 60 días después de presentada la ponencia para fallar.
La revista Cambio, el pasado 17 de febrero, estableció que la ponencia busca declarar la inexequibilidad de la norma, debido a que existió un vicio de forma.
Bruce Mac Master, presidente de la Andi, pidió que no se viera a la oposición y a la Corte Constitucional como culpables en caso de que se caiga la Pensional.
En las próximas semanas habrá una decisión sobre esta ley que acumula más de 50 demandas por vicios en el trámite legislativo.
Luego de resolver una recusación contra uno de los magistrados, Ibáñez radicó la la ponencia para que de ella se ocupe la Sala Plena en su estudio dentro de las próximas cuatro o cinco semanas.
Dicha recusación contra el magistrado Vladimir Fernández fue presentada por la senadora del Centro Democrático Paloma Valencia,quien aseguró que el togado ocupó el cargo de asesor jurídico en la Presidencia de la República cuando la reforma pensional fue radicada en 2022, por lo que su “respaldo al proyecto hace que su participación sea inapropiada”.
Sin embargo, el alto tribunal desestimó la recusación de la senadora, y aseguró que fue interpuesta fuera del plazo legal y que “carecía de fundamento suficiente”. Esto implica que el proceso continuará sin cambios en la composición de los magistrados encargados de resolver el listado de demandas.
Entre las 50 demandas presentadas, una de las más cuestionadas está relacionada con la decisión de la Cámara de Representantes de aprobar el texto del Senado sin un debate detallado. En otras palabras, que la nueva normativa fue aprobada por “pupitrazo” el pasado 14 de junio de 2024.
En caso de que se determine que sí hay vicio de trámite, la Corte Constitucional debe determinar si puede ser subsanado o no, o si es necesario devolver el proyecto al Congreso.
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