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Judicial

Corte Constitucional tumbó ley que permitía a congresistas votar por proyecto de sus financiadores

Según el tribunal constitucional, cada caso deberá estudiarse por separado en conjunto con el congresista ya que la norma viola el principio democrático

13 de septiembre de 2021

Diego Andrés Stacey Salazar

dstacey@larepublica.com.co

Corte Constitucional
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La Sala Penal de la Corte Constitucional declaró inexequible un literal de la Ley 2003 de 2019, que facultaba a los congresistas votar sobre iniciativas que estuvieran relacionadas con sectores económicos o financiadores relacionados a sus campañas electorales.

La Ley que fue tumbada constataba que, cuando un congresista discutiera o votara artículos sobre un financiador y tal decisión no generara algún beneficio, personal, solo debía informarlo por escrito. “Dicha manifestación no requerirá discusión ni votación”, finalizaba así el artículo en discusión por la Corte.

El caso, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, surge de una demanda en conjunto por el colectivo de abogados José Alvear Restrepo y el exmagistrado del Consejo Nacional Electoral, Armando Novoa, quienes aseguraban que la norma violaba el principio democrático y los intereses del Estado.

El tribunal les dio la razón a los demandantes con una votación de 8-0, con una ausencia.

La Corte aclaró que lo que se declaró inconstitucional es considerar que en ninguna situación hay conflicto. Sin embargo, explicó que cada caso particular deberá ser estudiado y evaluado por el congresista y por el juez de la acción pública.

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