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Judicial

Sancionan operadores Tigo y Claro por "vulnerar los derechos de los consumidores"

La sanción impuesta a las operadores móviles responde a la vulneración debido a publicidad engañosa en algunas de sus campañas

24 de mayo de 2022

Santiago Diaz Gamboa

sdiaz@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso multas a los operadores Claro y Tigo por un total de $2.877 millones tras vulnerar el régimen de protección al consumidor, según informó la entidad mediante un comunicado.

En primera instancia, la SIC aclaró el caso de la compañía Comunicación Celular S.A. - Comcel S.A. o Claro, la cual recibió una multa por $1.534 millones por causa de incurrir en publicidad engañosa en las campañas denominadas "¿Miedo?, ni que mis redes gastaran datos" y "Elijo disfrutar sin límites lo que me gusta". Según reportó la entidad, en la segunda campaña, la empresa telefónica habría incluido cláusulas "abusivas que limitaban su responsabilidad y atribuían responsabilidad a las aplicaciones por el consumo de datos del plan del usuario".

Frente a la primera campaña, la SIC estableció que la compañía no cumplía con la información objetiva señalada dentro de las piezas publicitarias analizadas y que, además, cuando se indicó que el uso de las aplicaciones Facebook, WhatsApp, Instagram y Twitter no generaba consumo de datos, por el contrario, el uso de algunas funcionalidades de las aplicaciones, como las de iniciar sesión, hacer llamadas o videollamadas y transmitir en vivo, sí generaban consumo de los datos de los planes móviles de los usuarios.

En cuanto a la segunda, la entidad estableció que "la compañía incluyó dentro de los términos y condiciones, cláusulas que le exoneraban de toda responsabilidad relacionada con el consumo de datos por el uso de algunas de las funcionalidades de las aplicaciones objeto de la oferta promocional e inculpaban a la aplicación por el consumo de datos que se configurara del respectivo plan".

En cuanto la situación del operador Colombia Móvil S.A. E.S.P. o Tigo, este fue sancionado por $1,343 millones por llevar a cabo prácticas que desconocen el derecho de los usuarios de mantener la titularidad de sus líneas móviles.

En este sentido, la entidad especificó los detalles en los cuales la compañía habría vulnerado los derechos de los consumidores, puesto que, según el reporte, "la compañía habría reutilizado o reciclado líneas móviles de usuarios sin el lleno de los requisitos regulatorios vigentes".

Así mismo, la entidad aseguró que la compañía móvil habría modificado unilateralmente los contratos de prestación de servicios, y, a su vez, habría desatendido los requerimientos de información efectuados en el marco de las averiguaciones preliminares que se adelantaban por las mencionadas infracciones.

Ante la argumentación de la SIC, Claro respondió argumentando que todavía ni había sido notificada de manera formal, sin embargo, aclaró que siempre ha actuado con la claridad pertinente "la compañía aclara que siempre ha actuado con transparencia y ha cumplido con el deber de informar a los clientes sobre las características de las aplicaciones ilimitadas y las circunstancias en las que podría generarse un consumo de datos", expresó Claro.

Explicando que, debido a lo anterior demostrará ante la ley que no hubo ninguna vulneración al régimen de protección al consumidor y debido a esto presentará las acciones legales correspondientes para este caso.

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