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Judicial

Las sanciones a las que se puede someter por injuriar o calumniar en redes sociales

Por ofender o insultar, el acusado podría pagar multas de $1.242 millones

27 de febrero de 2019

José David Castilla


Bloomberg
Canal de noticias de Asuntos Legales

El crecimiento exponencial de las redes sociales y su importancia en dentro de la realidad política nacional ha marcado una tendencia. La proliferación de insultos por parte de directores de entidades y dirigentes políticos han generado una serie de renuncias y procesos judiciales que han terminado en retractaciones públicas y sanciones pecuniarias.

Frente a este tema, la Universidad Libre desarrolló un estudio sobre el caudal de las denuncias recibidas durante 2018, donde se demostró que en un año se recibieron 1.200 denuncias penales por injurias y calumnias replicadas por redes sociales.

“Esto es un comportamiento que, si bien es reprochable por las autoridades, tampoco puede estar sujeto a enfrentarse constantemente a un proceso penal”, aseguró Carlos Andrés Gómez, decano de derecho en la Jorge Tadeo Lozano. “Aunque es un poco fuerte, debemos pensar en despenalizar estas conductas, tal como lo recomiendan los tribunales internacionales”, agregó.

Actualmente, la ley penal recoge un capítulo destinado a las conductas que atenten contra la moralidad pública. En este contexto, se estipularon dos delitos: la injuria (relacionada con declaraciones deshonrosas sobre una persona) y la calumnia (reprochar injustificadamente a alguien que cometió un delito). Las penas para la injuria son de prisión de 16 a 54 meses y una multa entre $10 millones a $1.242 millones, aproximadamente.

Pese a las sanciones, estos delitos no cuentan con una repercusión importante en el sistema carcelario. Según cifras del Consejo Superior de la Judicatura, en los últimos cinco años se han hecho efectivas 880 demandas. En muy pocas ocasiones se llega a sentencia, porque los indiciados se disculpan antes de que se produzcan consecuencias carcelarias.

“Debemos dejar de pensar que este tipo de conductas deben someterse al sistema penal colombiano, en nuestra legislación hay mecanismos mucho más efectivos para generar una retractación”, informó Juan José Castro, abogado penalista.

Este es un debate que suscita los límites de la libertad de expresión y el derecho a la honra. Facebook y Twitter fueron denunciadas por permitir la proliferación de mensajes injuriosos que hacían apología al odio y al delito. Estas empresas instalaron programas para cancelar las cuentas criminales.

LOS CONTRASTES

  • Humberto Suárez Abogado especialista en TIC

    “Más allá del castigo, lo que se le debe es enseñar a las personas a utilizar y manejar este tipo de redes sociales para que no violenten derechos fundamentales y no se dejen engañar con noticias falsas”.

Para Humberto Suárez, abogado especialista en nuevas tecnologías, este tipo de medidas se han quedado cortas para perseguir a los responsables de estos mensajes. “Normalmente, esos mecanismos son débiles, creo que las autoridades sí deberían perseguir para determinar quién es la persona natural que está detrás de ese tipo de mensajes”.

El fenómeno del internet tiene en jaque a las normas, por eso, los expertos consultados consideran que, más allá de la sanción, lo que falta es una fuerte campaña de pedagogía.

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