Conozca cuáles son los casos en los que se le podría llegar a embargar la pensión
La reciente reforma pensional, aprobada a través de la Ley 2381 de 2024, mantuvo esta misma regla. La ley no distingue la pensión por invalidez
15 de abril de 2025
Si usted o alguien que conoce ya está pensionado y tiene deudas, puede que el temor de que la pensión sea embargada esté a la puerta.
En Colombia, las pensiones tienen una protección especial que, por regla general, las hace inembargables. Sin embargo, existen excepciones a esta norma que permiten la retención de una parte de la mesada en ciertos casos específicos. Acá en Asuntos Legales le contamos todo acerca del embargo de estos ingresos.
Según Daniela Melo, abogada consultora de Centro Jurídico Internacional, "las pensiones por regla general son inembargables, sin embargo, existen dos excepciones a esta regla, que son cuando existen obligaciones alimentarias o cuando existen créditos u obligaciones con entidades cooperativas".
Esta afirmación se sustenta en lo dispuesto por el artículo 134 de la Ley 100 de 1993, que establece que las pensiones pueden ser embargadas únicamente cuando se trata de deudas por alimentos o cuando el pensionado tenga obligaciones financieras con cooperativas.
En estos casos, el embargo solo podrá alcanzar hasta 50% del valor de la pensión y deberá ser ordenado por un juez. La reciente reforma pensional, aprobada a través de la Ley 2381 de 2024, mantuvo esta misma regla. La ley no distingue la pensión por invalidez. "El debate se intensifica aún más cuando se trata de pensionados en situación de discapacidad. Aunque la ley no hace una distinción específica en estos casos, la posibilidad de embargo podría agravar la vulnerabilidad de estas personas, dejándolas sin el sustento necesario para cubrir sus necesidades básicas y médicas", Tatiana López González, abogada especialista en derecho laboral y seguridad social de la firma Legal Aid Col.

Para Cubillos, abogada laboral de Holland & Knight, explicó que "esta misma disposición se replica en el artículo 81 de la Ley 2381 de 2024 de reforma pensional, que incluso aclara que, tratándose de la pensión anticipada de vejez, los embargos por deudas alimenticias y en favor de cooperativas se podrán realizar luego de descontar el aporte obligatorio de cotización aplicable en dicho caso".
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