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Judicial

Organizaciones impugnan fallo que niega tutela a la población afro por censo de 2018

Accionantes aseguran que tutela cumple con los requisitos de procedibilidad, porque busca proteger derechos fundamentales como individuales

21 de diciembre de 2020

Allison Gutiérrez Núñez

agutierrez@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Organizaciones afro, impugnaron el fallo del Juzgado Veintiuno Administrativo de Bogotá, que declaró improcedente la acción de tutela que pide la corrección de las estadísticas del censo de 2018, frente a la desaparición de 30.8% de su población.

En este documento, Ilex Acción Jurídica y otras organizaciones afro aseguran, que la tutela presentada cumple con los requisitos de procedibilidad, porque se está buscando la protección de derechos fundamentales como individuales y además se está incurriendo en un error cuando se dice “que los derechos fundamentales sólo pueden ser tutelados cuando se trata de derechos individuales, desconociendo la jurisprudencia de la Corte Constitucional”.

Además le piden al juzgado, tener en cuenta, el reconocimiento de errores por parte del Dane ante esta situación, pero también “ el hecho de que los mecanismos de defensa judicial alternativos ofrecidos por el juez de primera instancia no responden a lo que se solicita, poniendo en riesgo a la población afrodescendiente”, reza el documento emitido.

También aseguran que contrario al fallo, si hay una vulneración a los derechos de igualdad y no discriminación, “Cuando la actividad del Dane, el censo poblacional invisibiliza a nuestra población, nosotros como miembros, quienes compartimos una identidad étnico-racial, en nombre propio vemos vulnerado nuestro derecho que de manera individual también impacta en la dimensión colectiva”, señala la impugnación.

Y agrega que esta identidad ha sido negada individualmente a cada uno de los accionantes, que ven restringido su derecho a la igualdad por la discriminación a la que según ellos han sido sometidos por la institucionalidad .

Por estas razones, insisten en la suspensión de los resultados del Censo de 2018, en lo relacionado con el diseño de políticas públicas y solicitan el uso de los datos recopilados en 2005, hasta tanto se realicen los ajustes correspondientes.

Esta tutela fue presentada, con el objetivo de reclamar los derechos fundamentales, por la disminución significativa de 4.311.757 personas en el censo de 2005 a 2.982.224 en 2018, sin que se hayan registrado reducciones drásticas como muertes generalizadas, desplazamientos masivos al exterior, entre otras causas.

A raíz de esto, los accionantes consideran que el subregistro de la población afrodescendiente vulnera los derechos la igualdad y no discriminación, los derechos económicos, sociales y culturales, el derecho a la información y que atenta contra el principio de protección de la diversidad étnica y cultural de la nación.

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