22 de diciembre de 2024
Suscribirse


22 de diciembre de 2024
Suscribirse
Industria

Registros que debe cumplir para sobrevivir en el mundo de la música

En los últimos 15 años se han inscrito 192.000 obras musicales en la Dnda

30 de marzo de 2019

José David Castilla


Canal de noticias de Asuntos Legales

La industria musical en Colombia ha logrado un auge importante en los últimos años, debido a esto se ha tenido que profesionalizar el mercado para que las creaciones artísticas, las bandas y los managers puedan generar seguridad jurídica y proteger sus ingresos.

Danilo Romero, socio de Holland & Knight y experto en propiedad intelectual, dijo que “el registro es seguridad jurídica para las bandas, con eso tienen un sustento probatorio claro en caso de cualquier disputa”.

Según los reportes de la Dirección Nacional de Derechos de Autor (Dnda), en los últimos 15 años se han registrado más de 190.000 obras musicales.

Más allá de las manifestaciones artísticas de compositores, arreglistas e intérpretes, la industria musical se mueve con las lógicas del mercado. Por eso, en AL reunimos los registros que debe realizar para sobrevivir en la industria musical.

Registrar las obras

Los derechos sobre una obra artística nacen con la creación de la pieza. Desde el momento en el que el compositor plasma en una partitura el ritmo, la melodía y la armonía puede alegar que tiene derechos sobre la obra que creó y nadie puede utilizarla sin su permiso.

En la Dirección Nacional de Derechos Autor (Dnda), los compositores nacionales encontrarán un espacio digital para realizar el registro de su creación.

Lo único que tiene que hacer es crear un usuario, diligenciar los formularios y exponer la obra. La Dnda estudiará la solicitud y expedirá un certificado de registro sobre la misma.

En caso de tener algún tipo de disputa sobre los derechos de propiedad intelectual, la entidad está facultada para ser juez en este tipo de incidentes.

Registrar una Banda

Las bandas y los músicos son signos que compiten en el mercado. Más allá de su actividad artística, que está protegida por parámetros

“Con el registro de la marca protegen el signo distintivo con el que se identifican en el mercado. Gracias a eso tendrán un escudo para proteger sus creaciones, evitando que terceros la utilicen y puedan aprovechar su reputación en el mercado”, aseguró Gustavo Valbuena, exsuperintendente de Industria y Comercio.

El trámite del registro marcario se adelanta ante la SIC. Los músicos deben hacer la solicitud con base en el numeral 41 de la Clasificación de Niza. Los expertos consultados aseguraron que esta es la forma más segura de proteger un proyecto musical.

Una de las principales preguntas que surgen en este escenario es: ¿Qué pasa si los músicos no registran como marca? La respuesta es muy sencilla, quedan a merced de terceros que pueden aprovecharse de su popularidad en el mercado para vender todo tipo de mercancía, pueden utilizar su nombre de forma abusiva e incluso pueden registrar una banda con el mismo nombre, robándose toda la popularidad cosechada.

Para los productores

Este último registro está encaminado para las personas que se dedican a planear eventos musicales. Desde 2011, con la Ley 1493, se generaron ciertas condiciones a la prestación de este servicio. Todos los productores deben inscribirse en el Registro de Productores para trabajar de forma legal y no ser multados.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA