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Judicial

SIC formuló pliego de cargos contra miembros de la Cámara de Comercio de Montería (CCM)

La entidad afirma que habrían direccionado la contratación para favorecer a empresas que no reunían condiciones de idoneidad

23 de septiembre de 2020

Laura Vita Mesa

lvita@larepublica.com.co

La República Andrés Barreto González, superintendente de Industria y Comercio.
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos contra los miembros de la junta directiva de la Cámara de Comercio de Montería (CCM) por presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos, y ordenó una investigación administrativa para evidencia el estado de gestión contractual de la CCM.

Las personas contra las que se formuló pliego de cargos son: Félix de la Cruz Manzur, presidente ejecutivo de la CCM; Jorge Eliécer Doria, presidente de la junta directiva; y Álvaro Segrith Sepúlveda, Gloria Inés Díaz y Mario Fidel Díaz, miembros de la junta.

La entidad recordó que la actuación inició por una queja presentada por los miembros de junta designados por el Gobierno Nacional, y encontró que, entre 2015 y 2020, el presidente ejecutivo "habría direccionado la mayoría de la contratación de la entidad hacia varias empresas que no reunían las condiciones de idoneidad suficientes y que, además, tienen relaciones entre sí y podrían estar vinculadas con directivos del ente cameral".

De acuerdo con la SIC, la investigación muestra que en ese periodo cerca de 65% de la contratación de la CCM se hizo con los mismos contratistas: Alliance Effort SAS; Innovemp Korperschaft SAS; Prosjekt OG Forsk Colombia SAS; y Rechts & Steuern, Corp SAS.

La contratación, que ascendería a $12.000 millones, se habría hecho sin la debida planeación y "mediante procesos de selección que no se diseñaron para beneficiar a la Cámara de Comercio, sino para favorecer a las empresas contratistas". Además, la SIC afirma que el presidente ejecutivo habría reiterado la vinculación contractual con esas compañías a pesar de irregularidades en la ejecución.

Lea la resolución completa en el documento adjunto.

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