Supertransporte formuló 9 cargos a Teleférico de Monserrate S.A por lesiones a usuarios
De ser hallada responsable la empresa operadora de transporte deberá pagar multas por más de $5,2 billones
08 de abril de 2019En ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, la Superintendencia de Transporte adelantó una averiguación preliminar contra la empresa Teleférico A Monserrate S.A., la cual incluyó visitas administrativas, recepción de declaraciones y requerimientos de información a la empresa.
La averiguación preliminar inició a propósito del incidente que habría dejado 30 personas lesionadas con traumas cráneo encefálicos, nasales, entre otros, cuando las dos cabinas del teleférico chocaron sobre las 4:37 pm del pasado 24 de diciembre de 2018.
Con la información que fue analizada, la SuperTransporte encontró méritos para imputar nueve cargos a la empresa, por presuntamente hacer que la persona a cargo de la operación del sistema trabajará más de las jornadas permitidas, no capacitar sus trabajadores, no contar con los certificados de conformidad de los equipos, no garantizar las condiciones técnicas y mecánicas requeridas en los equipos, no contar con personal idóneo para la operación del sistema, entre otros.
Según la Superintendente de Transporte, Carmen Ligia Valderrama Rojas, “se debe tener en cuenta que el transporte por cable opera en beneficio del turismo y también de las poblaciones más vulnerables de las ciudades, por lo tanto, nos regimos bajo el marco de la legalidad con el fin de prevenir, inspeccionar y controlar las diferentes modalidades de transporte público”.
"Los cargos corresponden a que presuntamente (I) se excedió la jornada laboral permitida de la persona a cargo de la operación del teleférico, (II) la alteración parcial del servicio de transporte público de pasajeros por cable, (III) el incumplimiento de condiciones requeridas por el manual operativo, (IV) no realizar capacitaciones a sus trabajadores, (V) no contar con certificados ni fichas técnicas de los equipos que conforman el sistema de transporte público por cable, (VI) no suministrar la información requerida por la Supertransporte, resultando en una posible obstrucción de la averiguación preliminar, (VII) no acreditar la idoneidad del maquinista y supernumerario, (VIII) no tener programas de medicina preventiva, y (IX) no garantizar condiciones técnico mecánicas en los equipos".
Por lo anterior, se inició una investigación administrativa por los cargos mencionados, la cual se adelantará conforme al procedimiento legalmente establecido para ello. En caso de ser encontrada responsable, la empresa podrá ser multada hasta con 700 smmlv por cada cargo.
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