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OPINIÓN

Coordinación y concurrencia nación-territorio

02 de octubre de 2019

Adriana Martínez Villegas

Presidente de Martínez Córdoba & Abogados Asociados
Canal de noticias de Asuntos Legales

Con el propósito de atender los exhortos de la H. Corte Constitucional en la sentencia SU- 095 de 2018, el Gobierno Nacional está elaborando un proyecto de ley de coordinación y concurrencia entre la nación y las entidades territoriales, para llevar a cabo los procesos de titulación en las agencias de minería e hidrocarburos.

Se trata de atender los dos llamados de la Corte: (i) diseñar e implementar un instrumento de coordinación y concurrencia, entre la Nación y el territorio; y (ii) diseñar un mecanismo de participación ciudadana en el proceso de otorgamiento de concesiones para explorar y explotar minerales e hidrocarburos. Lo anterior, con base en los criterios señalados en dicha sentencia, que ofrecen el marco conceptual que debe seguirse para que los mismos se ajusten a la Constitución.

El Ministerio de Minas y Energía procedió a socializar la estructura del proyecto de ley el pasado 24 de septiembre, y expuso los lineamientos que se seguirán. Mencionó cuatro temas principales como objeto de la ley: (i) la planeación estratégica, de manera que sea posible articular las políticas públicas de la Nación y del sector, con las decisiones del territorio; (ii) La coordinación y la concurrencia para el ejercicio de las funciones públicas de las agencias de minería e hidrocarburos con las de la región y el municipio, y la validación de los asuntos prioritarios a partir de las líneas estratégicas de los planes de desarrollo regional y local (iii) la inclusión de la actividad minera y petrolera en el contenido del componente general y rural, del ordenamiento territorial; y (iv) la participación ciudadana en audiencia pública en el proceso de asignación o contratación de áreas.

Entonces, a partir de la determinación de las áreas con potencial minero y de hidrocarburos, la planificación del desarrollo regional y local y el ordenamiento territorial, se debe poder definir las posibles restricciones aplicables a estas actividades, al momento de ejercerlas. Así mismo, facilitar escenarios de interacción permanente, en la búsqueda de evitar conflictos a nivel local y aportar a los asuntos prioritarios en la planificación del desarrollo regional y local. Es claro que poder de veto de las entidades territoriales a las actividades de minas y petróleos no existe y, por tanto, se trata de trabajar Nación - Territorio en la misma dirección, y esta es, el beneficio común.

Puede ser esta ley, la oportunidad para que los sectores de minas e hidrocarburos sean considerados como una opción de desarrollo en el territorio. Pasar de ser un tema prioritario para la Nación exclusivamente, y serlo igualmente en las regiones y municipios. Igualmente generar el espacio de coordinación para invertir mejor los recursos de regalías y orientar los recursos de los planes de gestión social de las empresas mineras y petroleras, hacia los planes y proyectos prioritarios en las regiones y municipios productores. Que sea posible medir la contribución real que hoy ya se hace por parte del sector minero-petrolero, a las regiones. Ojalá hubiera luego un ejercicio de transparencia, de manera que no sólo se haga seguimiento a lo que se aporta por parte de las industrias, sino también a la inversión que de la renta que se produce se hace en los territorios, por parte de sus autoridades.

No se cuenta aún con un texto o proyecto de ley, ya que se trata apenas de las ideas que conforman esa estructura, pero se avanza hacia lograr tener ese proyecto de ley para presentarlo al Congreso, lo más pronto posible. Ojalá así sea.

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