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OPINIÓN

Intercambio de talentos: nueva forma de movilidad

03 de junio de 2015

Canal de noticias de Asuntos Legales

La fusión reciente de los despachos Philippi, Yrarrázaval, Pulido & Brunner (chileno) y  Prietocarrizosa (colombiano), cuya sociedad resultante está participada en un 30% por Uría Menéndez (español), dan vida a Philippi, Prietocarrizosa & Uría; un ejemplo vivo de la alteración demográfica de esta disciplina.

Lo anterior, no sólo le permitirá a éste despacho lograr una mayor cobertura geográfica a nivel iberoamericano; adicionalmente convierte dicha fusión en un entorno ideal para llevar a cabo una movilidad laboral que podría  traer beneficios considerables. Me refiero específicamente a la posibilidad que tienen, principalmente, los abogados de vivir una nueva experiencia laboral en otro país, echando mando de la figura del “intercambio de talento”. 

La figura bajo estudio, implica el intercambio laboral de dos empleados de una misma empresa, que, estando en países distintos, deciden ceder, el uno al otro, su plaza laboral por el término de un año.

Los participantes, comparten características similares en sus perfiles: tienen alrededor de 29 años, no están casados, no tienen hijos, tienen el mismo nivel de experiencia, similar salario y, como la figura lo sugiere, son empleados talentosos.

Ésta posibilidad tiene como beneficio principal el hecho de atraer, retener y motivar a grandes perfiles, permitiéndoles vivir una experiencia internacional, al paso que enriquecedora.

Mediante este sistema de movilidad, los profesionales pueden aprender y entender el sistema legal del país de destino, las oficinas objeto de intercambio podrán lograr una mayor conexión, se podrá lograr una conexión más profunda con los clientes, entre otros aspectos.

A nivel personal, el abogado tendrá la oportunidad de vivir una experiencia cultural importante, de ampliar su conocimiento en asuntos internacionales, de practicar un idioma extranjero (si fuera el caso), así como ampliar su red de colegas, sin que tal cambio modifique su vida de forma considerable.

Desde el punto de vista administrativo, tampoco hay mayor complicación. Las plazas ya están creadas, por lo que el participante simplemente continúa con la labor realizada por quien, igualmente, va a ocupar su puesto y viceversa; debido a que los participantes pueden llegar a contar con determinada estabilidad en su lugar natal, incluso podrían llegar a intercambiar los lugares de hospedaje, lo cual representaría una disminución considerable al despacho. De cualquier forma, los gastos administrativos y personales bajo esta modalidad son inferiores a los que se pueden presentar en el traslado indefinido de un trabajador a un país extranjero.

Finalmente, se debe decir que el intercambio de talentos no sólo tiene implementación en un bufete transnacional, sino que constituye una figura replicable a nivel nacional. Aquellos despachos que cuenten con oficinas en otras ciudades pueden aplicar la misma figura con iguales beneficios.

Con seguridad, abogados con residencia en la capital disfrutarían una estancia anual en una ciudad principal como Medellín, Cali o Barranquilla y, a su turno, colegas de estas ciudades aprovecharían la posibilidad de laborar en la oficina central.

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