Por un lado, tenemos la necesidad de reconocer la existencia de un sistema internacional de derechos humanos, que favorezca la realización del derecho a la alimentación. Para este caso, es fundamental la observancia del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como las observaciones del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Pero en el tema de la alimentación también importa la producción, y el tema es simple: los agricultores deben producir alimentos, protegiendo el medio ambiente, la salud humana, aumentando la calidad y el rendimiento de la producción, haciéndola, también, sostenible. Para el agricultor, entonces, surge la dicotomía entre elegir, por ejemplo, agroquímicos o polinizadores o controladores de plagas biológicos (seres vivos).
La ONU, por su parte, recomienda que el uso de agroquímicos sea regulado por un tratado internacional y busca que se migre hacia una agricultura sostenible incluyendo métodos naturales para controlar plagas, rotar cultivos e incentivar la producción orgánica de alimentos (Cfr. Report of the Special Rapporteur on the right to food - ONU).
En el mercado hay todo tipo de polinizadores y controladores de plagas biológicos. Existen abejorros (bombus terrestris, bombus atratus), arañas (phytoseiulus persimilis), entre otros, que cumplen con el cometido que aquí se plantea.
¿Pero, qué está pasando en Colombia frente a este tipo de productos?
En nuestra opinión existe una sola respuesta: hay un obstáculo técnico para el comercio de estos, ya sea por falta de comprensión, de sensibilidad, desconocimiento o, inclusive, como consecuencia de la competencia dentro del sector agrícola, teniendo presente que, por ejemplo, el mencionado bombus atratus es una especie nativa colombiana lo que debería facilitar su crianza y/o su importación, sin que ocurra así.
Ahora bien, los obstáculos son para la importación pues, además de la gran cantidad de trámites que deben adelantarse ante el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), se requiere una licencia ambiental que otorga la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (Anla) y, para la obtención de la licencia se requieren unos términos y condiciones que deben estar previamente establecidos para que los solicitantes sepan las reglas que deben surtir para tal fin.
Frente a estos abejorros o arañas, no encontramos unos términos de referencia claros, precisos y oportunos y estos, más bien, parecen asimilarse a los agroquímicos, que no suponen seres vivos, y que, por obvias razones, tienen condiciones y efectos distintos en el ambiente y hasta en la salud humana, bloqueando, técnicamente, el posible ingreso de polinizadores biológicos, por ejemplo.
La respuesta a la pregunta que se formula en el título es clara: sí, hay obstáculos para la alimentación, y debe ser un compromiso del Estado colombiano entender, asimilar y minimizar todas estas dificultades, pensando en la producción sostenible, el ambiente y la salud.
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