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OPINIÓN

Protección de datos en open banking

06 de septiembre de 2021

Canal de noticias de Asuntos Legales

Los modelos de banca abierta que se están implementando en el mundo buscan mejorar las opciones de servicio para el consumidor final, viabilizando la conexión entre las entidades financieras y terceros proveedores, a través de interfaces tecnológicas (API).

La banca abierta tiene un gran potencial, no solo porque le crea un mundo de nuevas posibilidades a los usuarios de servicios financieros, sino además porque fomenta la libre competencia, al abrir el acceso a los datos de los cuentahabientes a otros jugadores del mercado. Con el consentimiento del titular de la información, terceros especializados en agregar información o en iniciar pagos, podrán acceder a la información de sus cuentas bancarias para escribir información nueva o para ordenar en su nombre transferencias a terceros.

De esta manera, el mercado financiero y no financiero se dinamizará fuertemente con la generación de nuevas interacciones que hoy no se dan, por la rigidez del modelo actual de relacionamiento entre cliente y usuario. La banca abierta le dará al cliente mayor libertad para escoger su proveedor financiero y la posibilidad real de tener diferentes productos con diferentes proveedores, a su conveniencia. Se reducen las barreras de entrada, se aumenta el poder del consumidor final y se potencializa el ingreso de nuevos agentes con productos innovadores.

El aterrizaje de este modelo revolucionario puede requerir de una regulación que fije las condiciones y reglas mínimas de operación y que brinde señales claras de respaldo gubernamental que sirven para crear seguridad jurídica. Algunos países han optado por dejar que simplemente el asunto germine desde el propio mercado, sin necesidad de intervención estatal.

En cualquier caso, la llegada de este nuevo concepto, conlleva grandes retos desde diferentes ángulos, tales como la protección al consumidor, la competencia y la protección de datos.

En relación con la protección de datos, es evidente que un entorno de banca abierta estresa el régimen jurídico, pues el mayor dinamismo transaccional trae consigo un aumento en el número de acciones de tratamiento de información y en el número de agentes que intervienen en actividades de procesamiento de datos. La subida del tráfico nacional e internacional de datos personales aumenta ciertos riesgos naturales relacionados con: eventos de fugas de información, acceso no autorizado a información personal, uso de los datos por fuera de la finalidad señalada al momento de su recogida, o uso por fuera de la temporalidad asociada a la autorización o a la naturaleza de los datos.

Adicionalmente, la banca abierta es un sistema que interconecta agentes financieros y no financieros, vigilados y no vigilados, grandes y pequeños, algunos regidos por ámbitos normativos diferentes, y todo ello genera retos inmensos a la hora de intentar crear un marco de gobernanza homogéneo para todos ellos.

En aras de mitigar los riesgos mencionados, vale la pena pensar en varios elementos: 1. El uso de inteligencia artificial para las labores de supervisión y el aumento de la capacidad preventiva de las autoridades. 2. La profundización de un modelo de supervisión basado en riesgos. 3. Seguimiento especial a agentes con posición de dominio o en situación de integración vertical. 4. Procurar la estandarización de ciertos criterios técnicos mínimos. 5. Apuntar a una regulación basada en principios generales. 6. Crear reglas y protocolos para la gestión del consentimiento del titular por parte de Third Party Providers y demás agentes del sistema.

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