Aunque las marcas no son idénticas, comparten raíces y estructura
24 de abril de 2025Signo Opositor
Signo Solicitante

Se cayó la llamada entre “Wow Publicidad” y la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, pues Wom se opuso a su registro.
La entidad rechazó la solicitud de registro de la marca mixta “Wow Publicidad”, presentada por Andrés Felipe Fernández Villa para servicios de diseño gráfico y publicitario (clase 42 de Niza). Esta decisión se fundamentó en el riesgo de confusión con la marca Wom, que pertenece a la empresa de telecomunicaciones Wom S.A., reconocida como notoria en Colombia.
La empresa de comunicaciones presentó una oposición argumentando que el término “Wow” se asemeja parcialmente a su familia de marcas, y señaló similitudes tanto visuales como fonéticas con “Wom”. La SIC concluyó que, aunque las marcas no son idénticas, comparten raíces y una estructura similar que podría confundir a los consumidores. Además, se destacó que Wom cuenta con una protección reforzada debido a su notoriedad en el mercado, que fue declarada en marzo de 2023 para servicios de telecomunicaciones (clase 38).
Fernández Villa defendió su solicitud y dijo que existen diferencias conceptuales y de clases comerciales, ya que “Wow Publicidad” se centra en el diseño gráfico, mientras que Wom se dedica a las telecomunicaciones. Sin embargo, la SIC consideró que la similitud entre los nombres y la relación indirecta entre los servicios, dado que el diseño gráfico puede estar vinculado a estrategias publicitarias, justificaban la negativa.
La resolución subrayó que el registro infringiría el artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, que protege a las marcas notorias de reproducciones parciales que puedan causar confusión o un aprovechamiento indebido.
No obstante, la SIC desestimó la oposición en relación con otros argumentos presentados por Wom S.A., como la dilución de la marca.
Fernández Villa tiene la opción de apelar la decisión ante la superintendente delegada para la propiedad industrial dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación.
“Coexisten múltiples marcas con la denominación Wow en distintas clases y podría el solicitante demostrarlo. No hay riesgo de confusión con la marca del opositor y es infundada la oposición”, dijo Eduardo Cabrera, socio de Sergio Cabrera Abogados.
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