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OPINIÓN

Bogotá-Cundinamarca: retos de la nueva región

08 de marzo de 2022

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El 8 de febrero de 2022 fue expedida la Ley Orgánica 2199, mediante la cual se desarrolla el artículo 325 de la Constitución y se crea el régimen especial de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, norma que promete ser una herramienta importante para el desarrollo e integración de la capital del país con municipios vecinos y una oportunidad para empresarios con negocios en esta Región.

La Región Metropolitana, según se define en la ley, es una entidad administrativa de asociatividad regional con régimen especial, que tiene por finalidad diseñar políticas públicas, planes, programas y proyectos de desarrollo sostenible en el espacio geográfico de las entidades territoriales que la integran, así como la ejecución de obras y la prestación de servicios.

Ahora bien, para que la Región Metropolitana entre en operación, es indispensable que tanto Bogotá como el departamento de Cundinamarca, a través del Consejo Distrital y la Asamblea Departamental respectivamente, tomen la decisión de integrarse a esta. Posteriormente, las entidades territoriales del departamento podrán asociarse gradualmente, previa autorización de sus concejos municipales.

Debe tenerse en cuenta que toda asociación será viable siempre que surja como resultado de la identificación de dinámicas ambientales, sociales, territoriales o económicas compartidas las cuales, una vez identificadas, darán lugar a la tramitación de acuerdos municipales que permitan formalizar la incorporación de cada entidad.

En relación con los asuntos a tratar en el marco regional, la Ley crea la categoría de “Hechos Metropolitanos”. Elementos como la sostenibilidad, el impacto en múltiples actores, la eficiencia económica, el alcance y la organización institucional son parámetros para determinar qué fenómenos pueden entrar en esta categoría, y será decisión de la Región definir dichos asuntos y su tratamiento, buscando traer beneficios a quienes la integran.

Siendo esta una imagen panorámica del alcance y las potenciales ventajas que supone la Ley 2199, es importante preguntarse acerca de la fuente los recursos que serán destinados para su puesta en marcha y operación.

Inicialmente, se aprobó un aporte de la Nación de al menos $75.000 millones, suma que se ajustará anualmente con el IPC y que se destinará a partir de la vigencia presupuestal de 2023. Sin embargo, se anticipa que estos recursos no serán suficientes, de suerte que se prevé la posibilidad de recurrir a aportes municipales, recursos de contratos, prestación de servicios, uso de regalías, rendimientos financieros o enajenación de bienes, así como a impuestos entre otros.

Sobre este último punto, la norma permite la aplicación de una sobretasa al impuesto de delineación urbana -con lo cual se impactará presumiblemente al sector de la construcción-, plusvalía, contribución regional de valorización, así como otras sobretasas e impuestos administrados por las entidades asociadas a la Región Metropolitana.

Será preciso, en su momento, evaluar la forma en la que se implementarán estas disposiciones, pues las necesidades financieras de la Región deberán articularse con la capacidad de pago de quienes, dado su nivel de ingreso, desarrollo y costos y gastos al interior de su municipio, pueden sufrir una mayor afectación. Igualmente, para los empresarios es indispensable mantenerse al tanto de cómo y en qué condiciones se aplicarán estos impuestos, pues serán cargos adicionales que empezarán a aplicarse en los próximos meses.

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