18 de noviembre de 2024
Suscribirse


18 de noviembre de 2024
Suscribirse
OPINIÓN

Recargo nocturno desde las 9:00 p.m.

14 de julio de 2017

Laura Buriticá

Asociada de Godoy Córdoba Asociados
Canal de noticias de Asuntos Legales

En nuestra legislación laboral colombiana, es común que se presenten cambios legislativos o nuevas posturas jurisprudenciales frente a determinadas temáticas, por lo que, en el presente escrito, haré referencia a uno de los últimos aspectos que viene siendo debatido y que posiblemente se convertirá en Ley de la República; me refiero a la disminución de la jornada ordinaria diurna, situación que implicaría un recargo nocturno para el trabajo ordinario a partir de las 9:00 p.m. y no desde las 10:00 pm como lo estipula actualmente nuestra legislación laboral.

Sobre el particular, el pasado 14 de junio de 2017, fue aprobado en el Senado de la República el mencionado proyecto de ley, y posteriormente conciliado.

Por lo que solo estamos a la espera de la sanción presidencial. Una vez termine dicho trámite, entraría en vigencia una nueva ley de la República.
Ahora bien, debo advertir que sobre el particular existe mucha información incluso contraria a la realidad, pues algunos artículos y noticias hacen referencia a modificaciones en las horas extras, lo cual no es el objeto del presente proyecto de ley y debemos tenerlo muy claro, ya que cualquier eventual cambio al interior de las empresas, solo radicará en la hora adicional que será considerada como trabajo nocturno y por ende deberá ser cancelado solo el recargo.

Sobre la temática, debo señalar que la posición sindical desde luego ha sido de proteccionismo excesivo a los trabajadores, lo cual imposibilita el desarrollo y creación de empresas en Colombia, pues llegan a existir propuestas desde mi punto de vista completamente desproporcionales como la siguiente: “(…) Según el presidente de la Confederación General de Trabajadores (CGT), Julio Roberto Gómez, la iniciativa se queda corta y dijo que desde los sindicatos trabajarán para que la jornada diurna se establezca nuevamente hasta las 6:00 de la tarde. (…)” Ahora, en cuanto a contemplar la jornada nocturna desde las 9:00 pm, el señor Gómez manifestó: “(…) ya es un pequeño avance, está lejos de la aspiración de los trabajadores (…)”.

En mis artículos de opinión, me he caracterizado por criticar las altas cargas laborales que se imponen a los empleadores, lo cual impide progreso en nuestro país. Esta oportunidad no es la excepción, pues el hecho de aumentar la jornada nocturna, genera no solo una carga bastante onerosa para los empleadores, sino también el aumento de informalidad laboral y por consiguiente la disminución de empleos formales, generaría serías afectaciones a la economía del país, entre otros efectos nocivos, los cuales el Estado deberá desde ya contrarrestar.

Adicionalmente, me pregunto si los altos dirigentes políticos ¿prefieren beneficiar a unos pocos empleados que actualmente cuentan con un trabajo formal o, por el contrario, generar más trabajo para una mayor cantidad de personas? Desde mi punto de vista, encuentro que la mejor alternativa es generar mayor empleabilidad en nuestro país, pues esto conlleva a progreso y además se articula con la nueva realidad colombiana en el marco del proceso de reinserción laboral dentro del actual proceso de paz; sin embargo, si se continúan imponiendo estas altas cargas a los empleadores, no quedará más que desempleo, así como estancamiento social y económico.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA