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OPINIÓN

Aranceles al acero y aluminio desafían la OMC

28 de junio de 2018

Olga Lucía Salamanca

Socia - Directora Araújo Ibarra
Canal de noticias de Asuntos Legales

*Directora de Política y Defensa Comercial Araújo Ibarra.

La accidentada cumbre del G7 celebrada el pasado 8 y 9 de junio en Quebec, finalizó con una declaración que destacó el rol crucial del sistema internacional de comercio y ratificó la necesidad de modernizar la OMC.

Aunque horas más tarde el Presidente Trump, vía Twitter retiró su respaldo al comunicado, esta declaración cobra especial importancia porque reitera el desafío que enfrenta hoy la OMC, ya que debe resolver las distintas demandas presentadas recientemente por México, Canadá, la Unión Europea, China e India, frente a los aranceles al acero y aluminio impuestos por EE.UU., por considerarlos incompatibles con el Gatt del 94 y el Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC.

En lo que parece una estrategia conjunta, ninguno de los países que ya han recurrido a la OMC se refieren al capítulo XXI del Gatt -Excepciones por Seguridad Nacional- que es precisamente la justificación de estos aranceles, amparados en la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962. Lo anterior, evidencia las serias dificultades que implica demostrar que EE.UU. ha actuado de manera incompatible con las disposiciones multilaterales, ya que la Sección 232 otorga facultades discrecionales a la administración en casos de Seguridad Nacional. Además, el Ustr ha sentenciado que la OMC no tendría competencia para decidir sobre este tipo de asuntos, por estar fuera de la órbita del comercio internacional.

Por el contrario, el camino de demostrar una violación de los principios del Gatt del 94, pero especialmente del Acuerdo sobre Salvaguardias, podría resultar más efectivo ya que la adopción de una Salvaguardia OMC exige demostrar incremento de importaciones como resultado de una “evolución imprevista de circunstancias”, que cause un daño grave a una rama de producción nacional.

Más importante aún, es que el Acuerdo de Salvaguardias establece la realización de consultas previas con los Miembros afectados por la medida, para acordar compensaciones que permitan “rebalancear” el comercio.

Cuando en el marco de estas consultas no se alcanza a un acuerdo, los Miembros pueden adoptar “retaliaciones” comerciales contra el país que impone la Salvaguardia.

De hecho, basados en la violación del Acuerdo sobre Salvaguardias y en particular en el incumplimiento del requisito de celebrar consultas previas, México, Canadá y Europa anunciaron el pasado 31 de mayo que aplicarán represalias contra importaciones originarias de EE.UU. por un valor de US$23.116 millones, con una cobertura de productos que va desde agroalimentos y electrodomésticos, hasta pantalones, barcos y por supuesto acero y aluminio fabricados en EE.UU.

Sin embargo, ya varios expertos en política comercial advierten las dificultades que deberá enfrentar la OMC, pues tendrá que decidir si los aranceles al acero y aluminio son una Salvaguardia y no una medida de Seguridad Nacional. Según sea la decisión que se tome, EE.UU. podría impugnar la legalidad de las retaliaciones ya impuestas por sus principales socios comerciales.

Pero más allá de las complejidades jurídicas que involucra esta disputa comercial, la OMC tiene la responsabilidad histórica de encontrar una salida pragmática para legitimar el Sistema Multilateral de Comercio y si es preciso, deberá adelantar con celeridad las reformas que sean necesarias para enfrentar no sólo lo nuevos vientos proteccionistas, sino una realidad económica cambiante para la cual, las reglas pactadas hace más de veinte años hoy lucen insuficientes.

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