Como resultado del plausible empeño del Gobierno en lograr la implantación del hidrógeno en Colombia y, de esta forma, reforzar el compromiso con la reducción de emisiones de gases efecto invernadero (GEI), de conformidad con los objetivos del Acuerdo de París de 2015, se expidió la Ley No. 2099 del 10 de julio de 2021 de Transición Energética.
La Ley de Transición Energética busca modernizar la legislación vigente y, en consecuencia, modifica y adiciona varias disposiciones de la Ley 1715 de 2014 que regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional.
¿Cuál es el objeto de la Ley de Transición Energética?
Promover el desarrollo y la utilización de las fuentes no convencionales de energía, los sistemas de almacenamiento y usos eficientes de las mismas en el sistema energético nacional, a través de su integración en el mercado eléctrico, su participación en las zonas no interconectadas, en la prestación de los servicios públicos domiciliarios y de alumbrado público. Lo anterior, con el fin de lograr las reducciones de GEI, el desarrollo sostenible y la seguridad de abastecimiento energético.
¿Por qué es tan importante el hidrógeno en la transición energética?
El hidrógeno es una oportunidad para la transición justa de los sectores afectados por la descarbonización, como el sector minero y petrolero, los cuales podrán beneficiarse del uso de las infraestructuras existentes permitiendo una transición adecuada y justa.
¿Qué es el hidrógeno verde?
Es el producido a partir de fuentes no convencionales de energía renovable (FNCER), como la eólica, geotérmica, solar, biomasa, mareomotriz, las pequeñas hidroeléctricas, entre otras.
¿Qué es el hidrógeno azul?
Es el que se produce a partir de combustibles fósiles, especialmente por la descomposición del metano (CH4) y que cuenta con un sistema de captura, uso y almacenamiento de carbono como parte de su proceso de producción.
¿Por qué es importante la inclusión del hidrógeno verde y el azul que hace la Ley de Transición Energética?
Por varias razones. El hidrógeno verde es reconocido por la Ley de Transición Energética como una FNCER y el azul como una fuente no convencional de energía (FNCE), con lo cual se puede obtener la exención de pago de derechos arancelarios, la exclusión del IVA, la depreciación acelerada y la deducción del impuesto de la renta de 50% de la inversión. Tales beneficios tributarios son un importante apoyo para garantizar la competitividad de los proyectos de hidrógeno de bajas emisiones.
El hidrógeno verde y el hidrógeno azul son fundamentales en el proceso de descarbonización con el que se ha comprometido el Gobierno.
¿Por qué lo anterior es relevante desde el punto de vista ambiental?
Al ser catalogados el hidrógeno verde y el azul como FNCER y FNCE respectivamente, les aplicará lo dispuesto en la Ley 1715 y, en consecuencia, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) y las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) deberán establecer un ciclo de evaluación rápido para proyectos de FNCE, deberán cuantificar y determinar los impactos ambientales es este tipo de proyectos, los trámites ambientales requeridos y eliminar los innecesarios.
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