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Comercial y de la empresa


Lloreda Camacho

¿Qué es el Programa de Asistencia Legal para Inventores (PAI)?

1 de junio de 2019

Ana Carolina Petro

Asociada patentes
Lloreda Camacho
Canal de noticias de Asuntos Legales

Como primera medida es importante tener en cuenta que en la actualidad invenciones de altísima calidad e ingenio no logran contar con la protección adecuada, como patentes de invención o de modelos de utilidad, por la falta de recursos financieros. Atendiendo a esta realidad, la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (Ompi) y el Foro Económico Mundial (FEM) decidieron crear el Programa de Asistencia Legal para Inventores (PAI).

Este programa, a través del asesoramiento gratuito de abogados especializados en patentes, tiene como objetivo apoyar a los inventores de escasos recursos, con lo cual se incentiva el uso del sistema de Propiedad Industrial. Esto permite eliminar las barreras de acceso al sistema de patentes y fortalece la economía local.

¿Quién coordina este programa en Colombia?

Desde 2015 La Delegatura de la Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), a través de sus centros de apoyo para inventores: Centro de Información Tecnológica y apoyo a la Gestión de la Propiedad Intelectual (Cigepi) y los Centros de Apoyo a la Tecnología y a la Innovación (Cati).

¿Cómo se puede participar en el PAI?

El inventor que quiera acceder a este beneficio, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Conocer el trámite de patente. Para cumplir con este requisito, la Ompi creó un curso de formación que certifica el conocimiento mínimo al inventor.

Sin embargo, el inventor también puede demostrar conocimiento si presentó una solicitud de patente recientemente.

2. Nivel de ingresos. Comprobación de no tener los recursos mínimos para iniciar un trámite de patente, existiendo tres supuestos:

(i) Inventor con ingresos mensual menor a 4 Smlmv.

(ii) Pequeñas empresas según la Ley 905/04.

(iii) Micro empresas según la Ley 905/04.

3. Invención idónea. De acuerdo a la norma aplicable, esto es, la Decisión 486 del 2000, el objeto a presentar debe cumplir con los requisitos exigidos para otorgar una patente.

Para que la invención sea patentable debe ser nueva, es decir, no conocida en el mundo antes de su presentación; también debe contar nivel inventivo, lo que significa que no resulta obvia ni es una conclusión evidente para alguien versado en la materia y, finalmente, debe tener una aplicación práctica en la industria.

4. El inventor debe tener nacionalidad o residencia en Colombia.

¿Cómo inicia el programa?

Los inventores envían sus propuestas a los centros de apoyo. Ellos son los encargados de seleccionar los beneficiarios del programa, luego lo comunican a la Organización Mundial de Propiedad Intelectural.

Después de esto, la Ompi es la entidad encargada de vincular al inventor con el abogado especializado en el tema.

¿Cuáles son las ventajas existen bajo este programa?

Las partes resultan beneficiadas. Por un lado, se mejora el acceso de los inventores al sistema de patentes generando réditos económicos y sociales a la economía del país. Y por el otro, los abogados de patentes fomentan el uso y desarrollo de esta esfera del derecho, que requiere conocimientos jurídicos y técnicos.

¿Quiénes pueden adherirse al programa?

Cualquier abogado que pueda ejercer en Colombia podrá presentar su solicitud de adhesión al programa, solo deberá rellenar el formulario de solicitud que se encuentra en la página de la Ompi.

¿Qué abogados hacen parte del PAI en la actualidad?

Hay más de 40 abogados independientes y firmas de abogados inscritos al programa, vale destacar que Lloreda Camacho & Co tiene tres abogados asesorando a inventores.

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