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Legislación

La inviabilidad del proyecto que pretende mandar a la cárcel a conductores sin licencia

Podrían pagar entre tres y seis meses se cárcel, y hasta 75 salarios mínimos legales. Expertos opinan sobre qué tan bueno es

31 de agosto de 2023

Alejandra Rico Muñoz


Canal de noticias de Asuntos Legales

Hay un nuevo proyecto en el Congreso de la República que está generando discusiones. Se trata de un documento que pretende crear un nuevo código de seguridad vial para garantizar la vida de las personas que transitan por las carreteras del país.

Su objetivo principal es “garantizar el derecho a la vida, a la integridad personal y a la salud de los individuos en el sistema de tránsito y transporte terrestre”, dice el documento presentado por Roy Barreras ante el Congreso.

Sin embargo, en la ponencia para el segundo debate del proyecto se empezaron a aclarar algunas reglas controversiales. Por ejemplo, la idea de enviar a prisión entre tres y seis meses a las personas que sean sorprendidas conduciendo sin licencia. Esto generaría un gran cambio en el código de seguridad, ya que en la actualidad esa infracción solo genera una multa de $1 millón.

“El que condujere un vehículo automotor o motocicleta sin haber obtenido la licencia de conducción legal de que trata el Código Nacional de Tránsito Ley 769 de 2002 y demás normas que la modifiquen o sustituyan, o la misma no se encuentre vigente, incurrirá en prisión de tres a seis meses y multa de 13 a 75 salarios mínimos legales mensuales vigentes, smlmv”, explican en la ponencia.

Además de esto, también propone enviar a la cárcel a las personas que conduzca un vehículo automotor o motocicleta a una velocidad de 30 kilómetros por hora o más; por encima de la velocidad máxima permitida en el sitio de ocurrencia del hecho. Por esta infracción, los conductores podrían incurrir en prisión de tres a seis meses y multa de 13 a 75 smlmv.

De igual manera, el documento establece que a los conductores en estado de embriaguez no solo se les quitaría el carro y la licencia, sino que tendrían que pagar una pena de entre tres y seis meses. “El que condujere un vehículo automotor con presencia de alcohol en su organismo en una tasa igual o superior a 80mg por decilitro de sangre, y/o con presencia en el organismo de otras sustancias psicotrópicas, incurrirá en prisión de tres a seis meses, sin perjuicio de las sanciones administrativas a que haya lugar”, dice el documento.

Respecto a este proyecto, el abogado penalista Fabio Humar dijo que “el gran problema es que pone más trabajo a la jurisdicción penal, que ya está exhausta con los delitos que todos los días se crean. Si no se ha podido esclarecer terribles homicidios y violaciones a derechos humanos, pensar que ahora si la Fiscalía investigará a conductores descuidados es una torpeza”.

Además, la abogada penalista Mariana Bonilla Real aseguró que, al ser procesos jurídicos, un juez debe determinar los daños causados, por lo que resultaría inviable la propuesta. Respecto a dar cárcel a los conductores que excedan el límite de velocidad, dijo que “se debe tener clara las norma donde se haga referencia al daño que con su actuación puede causar a una persona o a un bien”.

Por su parte, Evelio Barrera Valdivieso, abogado experto en Derecho Público, contó que lo que se busca crear con este proyecto de ley son nuevos tipos penales, conductas que en la actualidad son regulados por la ley 769 del 2002 Código Nacional de Tránsito en donde a estos conductores sin licencia se les impone una sanción administrativa, lo cual equivale a pagar una multa y a la inmovilización del vehículo conducido al momento de cometer la infracción.

Por lo cual, agregó que el proyecto “es inviable, ya que en nuestro país se están promulgando políticas para el descongestionamiento de las cárceles teniendo en cuenta que es insostenible el tema penitenciario y carcelario, en donde se busca conceder la libertad condicional a un sinnúmero de delincuentes que han cometido una serie de delitos de mayor gravedad e impacto social, teniendo en cuenta el hacinamiento de los presos en las cárceles del país, y el alto costo económico para el estado de la manutención de todas las personas privadas de la libertad”.

Por su parte, Juan Francisco Navarrete, abogado penalista y procesalista, opinó que “la misma dinámica social ha obligado a penalizar y a tipificar varias conductas como delitos, pero esta conducta está castigada por la ley. Ya existen sanciones para quienes conduzcan sin licencia, para quienes excedan los límites de velocidad”.

Agregó que cuando hay daños a la integridad de las personas o a bienes, hay una responsabilidad que parte de la base de una conducta culposa, por lo cual, “no solo es un proyecto anacrónico, sino innecesario la inclusión de esas conductas en materia penal”, concluyó Navarrete.

Antecedentes

Otros puntos clave del proyecto son: ningún vehículo podrá transportar un número de pasajeros superior a la cantidad de asientos que tengan cinturones de seguridad; los menores de 12 años de edad no podrán ir en los vehículos sin un sistema especial de retención; gratuidad en el transporte escoltar para los niños que estudian en zonas rurales; y conductores que aspiren a tener licencia por primera vez, solo podrá obtenerla por dos años.

LOS CONTRASTES

  • Fabio HumarAbogado penalista

    “Si no se han podido esclarecer terribles homicidios y violaciones, pensar que ahora sí la Fiscalía investigará a conductores descuidados es una torpeza”.

  • Juan Francisco NavarreteSocio - director de Navarrete Consultores.

    “La misma dinámica social ha obligado a penalizar y a tipificar varias conductas como delitos, pero esta conducta ya está castigada por la ley”.

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