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Marcas

La Superindustria negó el registro de la marca Aozoom por oposición de Ozom

Sodimac Colombia se oponía por considerar que las similitudes entre los signos no permiten a las marcas coexistir pacíficamente

14 de diciembre de 2019

Luz Karime Grajales Cardona


LR
Canal de noticias de Asuntos Legales

La marca Aozoom no logró registrarse en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) debido a la oposición presentada por la compañía Sodimac Colombia, que defendía su marca previa Ozom.

Import Planet Inc solicitó el registro con el objetivo de identificar luces y bombillas para automóviles. Sin embargo, Sodimac Colombia S.A. presentó su desacuerdo para defender su marca previa Ozom.

Según la compañía opositora, las semejanzas fonéticas, visuales y ortográficas entre los signos enfrentados ocasionarían la irregistrabilidad de la solicitud.

De acuerdo con Sodimac, los productos distinguidos por ambas marcas eran muy similares, por eso, conceder el registro recaería un riesgo de conexidad competitiva. También aseguró que la marca solicitada reproduce a la expresión previamente registrada, además, dijo que son productos coincidentes que se encuentran protegidos y reconocidos por el público.

“El elemento nominativo sobresaliente en el signo solicitado Aozoom hace parte del signo antecedente Zoom, configurándose así una reproducción parcial, no siendo los demás elementos del signo solicitado suficientes para que el consumidor pueda diferenciar los signos en el mercado”, concluyó el organismo en la resolución.

De esta forma, la Superintendencia de Industria y Comercio determinó que las marcas no pueden competir en el mismo mercado y decidió negar el registro de Aozoom.

“Las semejanzas y conexidad competitiva entre la marca antecedente y el signo solicitado no permiten la individualización y diferenciación en el mercado, siendo debidamente negada la solicitud de la marca”, manifestó a Asuntos Legales el abogado Eduardo Cabrera, socio de Sergio Cabrera Abogados.

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