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Marcas

Oscar Iván Zuluaga no frenó registro marcario ante la SIC por diferencias de signos

La Superindustria encontró que los signos enfrentados cuentan con características diferentes las cuales les permiten su coexistencia

26 de septiembre de 2022

Diego Alejandro Ospina Henao


Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

Óscar Julián Zapata Forero se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) con el fin de solicitar el registro de la marca Día Internacional de la Zalsa Diz (mixta) para distinguir servicios comprendidos en la Clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota consultoría sobre entretenimiento; dirección de exposiciones en el ámbito del entretenimiento; educación sobre música y entretenimiento; educación y formación sobre música y entretenimiento.

Luego de la solicitud, Óscar Iván Zuluaga presentó oposición con fundamento en las causales de irregistrabilidad establecidas en los artículos 135 y 136 de la Comisión de la Comunidad Andina.

LOS CONTRASTES

  • Ángela Amaya Socia de Amaya Propiedad Intelectual

    “Día Internacional De La Zalsa Diz cuenta con trazos, formas, colores y ubicación particulares, que permiten al público consumidor diferenciar su origen empresarial”.

El excandidato presidencial tiene registrada la marca Z, caracterizada por un trazado rústico y su fondo color azul oscuro, por lo que argumentó que “el signo contra el cual recae la presente oposición está conformado por un elemento denominativo compuesto por la frase Día Internacional De La Zalsa Diz, donde se resalta la letra Z de la palabra Zalsa”.

Además, agregó que la letra “Z” cuenta con un mayor tamaño frente al resto de los caracteres, siendo así el elemento preponderante, por lo que no genera distinción.

Dentro del término concedido, Óscar Julián Zapata Forero respondió a la oposición argumentando que el estudio de irregistrabilidad realizado por el opositor se basa exclusivamente en la letra Z.

“Es notorio que en el estudio realizado no se tuvo en cuenta las grandes diferencias de tipo fonético, gramatical, visual o conceptual entre las denominaciones”, dijo. Adicionalmente, añadió que no se le puede dar exclusividad arbitraria sobre la letra “Z”, ”, ya que esta solo hace parte de la composición de la expresión “Zalsa” y no es un elemento apartado del resto del signo solicitado.

Tras revisar los argumentos, la Superindustria realizó un análisis gráfico de los signos y encontró que las marcas enfrentadas no tienen ninguna semejanza relacionada a la estética visual, ya que cada una cuenta con un trazo distintivo de la letra “Z”, lo que genera distintividad. Por otro lado, agregó que los signos cuentan con un número de vocales y consonantes diferente, por lo que el consumidor no se confundiría.

Por estos motivos, la SIC declaró infundada la oposición de Óscar Iván Zuluaga y concedió el registro a su solicitante.

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