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Marcas

Panamericana se opuso a registro marcario en la Superintendencia de Industria y Comercio

Pese a que la solicitante quiso retirar "Panam Sport" de su nombre, la Dirección no le dio la aprobación

21 de junio de 2021

Diego Andrés Stacey Salazar

dstacey@larepublica.com.co

Archivo La República
Canal de noticias de Asuntos Legales

La sociedad Prensa & Entretenimiento Agencia de Comunicaciones S.A.S. se presentó a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a solicitar el registro de la marca Juegos Panamericanos Junior Panam Sport Cali Valle 2021 para distinguir servicios de la clase 41 de la Clasificación de Niza, que identifica actividades deportivas y culturales.

A esta solicitud se opuso Carlos Federico Ruiz en una carta en la que expone que la marca solicitada “reproduce idénticamente la expresión Panamericana previamente registrada por mi representada”. Dicha oposición la basa en la causal de irregistrabilidad del artículo 136, literal h) de la decisión 486 de 2000.

“La marca solicitada y objeto de la presente oposición reproduce en forma casi idéntica y completa la marca previamente registrada, pues comparten idénticamente la expresión distintiva Panamericana -Panamericano, dado que las expresiones que la acompañan como Cali Valle 2021, son inapropiables en exclusiva por empresario alguno”, agregó la oposición.

Como respuesta, la sociedad solicitante dijo que no existían partes similares pues su representada es un evento deportivo de juegos juveniles, que tendrá la participación de más de 4.000 atletas de múltiples países y de 30 disciplinas deportivas.

“Las marcas en sus elementos denominativos se pueden diferenciar fonéticamente, porque no hay que ser un gran conocedor del idioma castellano o inglés, para aclarar que las expresiones no tienen la misma secuencia vocálica o numérica, y sus elementos son totalmente distintivos y diferenciadores y se evidencia que los signos no son susceptibles de generar confusión”, afirmaron en su carta.

Antes de la decisión de la SIC, los solicitantes pidieron que se retirara la expresión ‘Panam Sport’. El organismo respondió que tal modificación tenía que ser denegada pues es un cambio sustancial y corresponde a un elemento nominativo preponderante.

LOS CONTRASTES

  • Andrea DonatoGerente Consulting Group Marado

    "El signo solicitado contiene de manera idéntica a una marca registrada y, a pesar de que no presentó oposición, la SIC de oficio protege los derechos conferidos".

En su análisis, la Dirección de la SIC observó que las marcas opositoras cuentan con los elementos gráficos y nominativos que, para el consumidor, no generaría ningún riesgo de confusión ni de asociación.

Sin embargo, encontró que con la marca hallada de oficio Panam Sports se reproduce de manera idéntica a nivel ortográfico y visual a la vez que”hay relación o conexidad entre los servicios” pues también identifica servicios de la clase 41.

El organismo declaró infundada la oposición de Panamericana, pero también negó el registro del solicitante por sus parecidos con otra marca previamente registrada.

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