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Marcas

Team Foods no frenó el registro de la marca La Sevillana en la Superindustria

Agropecuaria La Sevillana inscribió el signo solicitado para distinguir carnes.

18 de enero de 2018

Gabriel Forero Oliveros


Canal de noticias de Asuntos Legales

Bogotá_ La Dirección de Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio fue el escenario para resolver un pleito marcario entre las compañías Team Foods Colombia S.A. y Agropecuaria La Sevillana S.A.S. las cuales sostuvieron una disputa por la marca La Sevillana desde 2015.

La vencedora fue la sociedad vallecaucana que se ha especializado por más de 30 años en la comercialización de carne. Precisamente, en 2015 Agropecuaria La Sevillana S.A.S. había ganado un round en la Dirección de Signos Distintivos de la SIC que había declarada infundada la oposición de Team Foods Colombia S.A. a la inscripción de la marca mixta La Sevillana para distinguir productos de la clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza, en la que se encuentra carne, extractos de carne, carne de ave, carne de cerdo y carne en conserva.

Sin embargo, la empresa opositora, distinguida en el mercado por estar entre las líderes del negocio de los aceites y las margarinas, apeló, con el objetivo de que se revocara la decisión y argumentó que es ineludible que entre los productos de la clase 29 y “los aceites y grasas comestibles sí existe una estrecha vinculación y conexidad competitiva” con sus marcas registradas mixtas y nominativas, llamadas La Sevillana.

LOS CONTRASTES

  • Catherine ZeaDirectora de Zea Consultoría

    "Las marcas idénticas pueden coexistir pacíficamente en el mercado dada la aplicación de principio de especialidad, ya que los signos identifican productos no relacionados no generarán confusión en el consumidor".

Ante la apelación, la SIC decidió hacer el estudio de irregistrabilidad por la presunta confusión en el mercado tras el registro de la marca para identificar carnes y señaló que los productos de ambas empresas, por su naturaleza y finalidad “no solo no guardan relación de intercambialidad, sino que tampoco se encontrarán en los mismos canales de comercialización o distribución”.

La Superintendencia también argumentó que “no es de esperar que el productor de aceites y grasas comestibles también comercialice carne o incursione en este mercado”, por lo que decidió dejar coexistir los signos en el mercado y constatar el registro desde 12 de enero de 2018.
Catherine Zea, directora de Zea Consultoría, señaló sobre el caso que “marcas idénticas pueden coexistir pacíficamente en el mercado dada la aplicación de principio de especialidad, ya que los signos identifican productos no relacionados no generarán confusión en el consumidor”.

Antecedentes
De acuerdo con la SIC, la sociedad Team Foods Colombia también argumentó la notoriedad de su signo La Sevillana para frenar la petición de Agropecuaria La Sevillana, sin embargo, la entidad determinó que la opositora no incluyó la causal de irregistrabilidad en la que fundamentaba la notoriedad de su signo, por lo que, al revisar el recurso de apelación, no se tuvieron en cuenta ya que “no fueron mencionados en la primera instancia y no se cumplió con la carga pecuniaria legalmente establecida”.

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