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Judicial

Comisión de Acusación archivó tres investigaciones realizadas contra Gustavo Petro

El triumvirato decidió inhibirse de iniciar una actuación disciplinaria y archivo las diligencias, aplicando los artículos 90 y 209 de la Ley 1952 de 2019

03 de abril de 2025

Juliana Mariana Cantor

jcantor@larepublica.com.co

Presidente Petro se está preparando para defenderse ante Comisión de Acusaciónes
Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

A través del radicado 5983, la Comisión de Acusación archivó tres investigaciones que se adelantaban contra Gustavo Petro cuando fue senador.

Según los investigadores, la primera no presentó ninguna irregularidad, la segunda fue inhibida y la tercera estaba infundada y era temeraria.

En el comunicado, María José Linero Méndez, denunciante en el proceso, presentó una queja disciplinaria contra Gustavo Francisco Petro Urrego, entonces senador, a través de un formulario web de la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista.

Allí, Méndez centró la queja en la salida que Petro, siendo senador, hizo para Cuba, sin ningún permiso previo por parte del Presidente del Congreso. A esta petición, se sumaron otras dos quejas las cuales fueron interpuestas por Jean Marc Creppy y Holman Ibáñez Parra.

El documento también señaló que "una vez Petro asumió la presidencia, el 26 de agosto de 2022, las diligencias fueron remitidas a la Comisión Legal de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes".

Aún así, y como consecuencia de la investigación, los funcionarios denominados para llevar a cabo las indagaciones concluyeron que la queja carecía de fundamento debido a que, según el secretario general del Senado, los congresistas no estaban obligados a informar, notificar o solicitar permiso para salir del país, a menos que se fueran a ausentar en las sesiones.

Dado que los hechos denunciados no ocurrieron y la queja se consideró infundada, "el triunvirato decidió inhibirse de iniciar una actuación disciplinaria y archivo las diligencias, aplicando los artículos 90 y 209 de la Ley 1952 de 2019", los cuales permiten que se finalice el proceso una vez se demuestre que la conducta denunciada no existió.

"Pasaron más de cinco años, del 7 de septiembre de 2018 hasta el 6 de septiembre de 2023, desde que que tuvo lugar la conducta tildada de falta por la denunciante, sin que se hubiera interrumpido el término de prescripción mediante pliego de cargos", señaló la Comisión de acusación en el radicado que publicó.

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