25 de diciembre de 2024
Suscribirse


25 de diciembre de 2024
Suscribirse
Judicial

La Corte Constitucional confirmó la nulidad de elección del gobernador de La Guajira

De acuerdo con la resolución, Roys habría incurrido en doble militancia al apoyar candidatos de diferentes partidos a los de su coalición

21 de julio de 2022

Santiago Diaz Gamboa

sdiaz@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

La Sección Quinta del Consejo de Estado, mediante la sentencia T-263 de 2022, dejó en firme la nulidad de la elección de Nemesio Roys como nuevo gobernador del departamento de La Guajira para el periodo constitucional 2020-2023 y canceló su credencial por doble militancia.

La decisión se da después de una tutela interpuesta por el gobernador electo, quien utilizó este recurso para hacer valer su elección como gobernador ante la Sección Quinta del Consejo de Estado, que desconoció sus derechos fundamentales al debido proceso.

La resolución anterior indica que Roys desconoció la prohibición de la doble militancia; sin embargo, de acuerdo con la última decisión de la Corte Constitucional, este habría incurrido en dicha situación cuando se inscribió en una coalición conformada por los Partidos de la U, Conservador, Cambio Radical y Colombia Renaciente, pero haber apoyado en campana a candidatos de otros partidos, concretamente a Gerardo Cujia Mendoza y Euclides Manuel Redondo, de los partidos Liberal Colombiano y de Reivindicación Étnica, respectivamente.

"Esta Sala observa que existían razones evidentes que le permitían inducir que el candidato de coalición debe lealtad y disciplina, primero, a su partido de origen y, segundo, a los demás partidos y movimientos políticos que forman parte de la coalición. Por lo anterior, debía obrar con arreglo a estas exigencias de lealtad y disciplina, lo que excluía la posibilidad de realizar manifestaciones de apoyo a otros candidatos que no fueran de su partido de origen o avalados por este. Aún más, teniendo en cuenta que su partido presentó candidatos propios a las alcaldías de Uribia y Riohacha", se puede leer en el fallo.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA