22 de noviembre de 2024
Suscribirse


22 de noviembre de 2024
Suscribirse
Legislación

¿La prima se debe pagar a las personas del servicio doméstico sin importar el contrato?

Todo trabajador que haya realizado un contrato, ya sea verbal o escrito, está en su derecho de poder recibir este pago extra

06 de diciembre de 2022

Diego Alejandro Ospina Henao


Canal de noticias de Asuntos Legales

Diciembre es la época del año en donde las organizaciones tratan de dar a sus empleados bonificaciones por lo trabajado. La prima es uno de esos pagos que los empleadores, por ley, están en la obligación de darle a sus empleados. Pero, ¿esto aplica para las personas que trabajan como personal de servicio doméstico? ¿cuál es la cantidad que se debe pagar?

Para entender sobre el tema, Symplifica, plataforma especializada en el país en gestión de empleados del hogar, expresó que “los contratos verbales tienen las mismas obligaciones que los escritos y que cualquier persona que contrate empleadas domésticas, niñeras o mayordomos de finca están obligados a pagar prestaciones”. Esto quiere decir que, cualquier persona que emplee a alguien, incluyendo a las empleadas de servicio doméstico, están en la obligación de pagar la prima de la segunda parte del año.

Según Symplifica, en Colombia existen en promedio 750.000 trabajadores del hogar, esto quiere decir que dentro de este sector 80% trabaja bajo la informalidad, lo que significa que, “ocho de cada 10 personas no reciben pagos prestacionales y seguridad social”, por lo que los empleadores deberán pagar multas y demandas sí, por ejemplo, no se les paga la prima a las empleadas domésticas.

“Nuestra labor es facilitar a los hogares todos los procesos relacionados con las trabajadoras domésticas, sabemos que cada vez la ley es más estricta y los empleadores quieren evitar correr riesgos”, afirma Salua García Fakih Cofundadora de Symplifica.

Para la abogada de la firma DLA Piper Martínez Beltrán, Diana Zuleta, la prima “la deben pagar los empleadores a todos sus trabajadores, incluyendo las empleadas del servicio doméstico”. Además, recalcó que sí por ejemplo a una empleada no se le paga lo correspondido a la prima, esta podrá acudir al Ministerio del Trabajo, para que el empleador tenga que hacer el pago. Pero, sí esta medida no funciona, la trabajadora podrá demandar ante un juez laboral, solo que esta vía es más demorada por los procesos. Adicionalmente, al empleador se le cobrará una multa de un día de salario por cada día de retraso.

El socio fundador de Godoy Córdoba, Carlos Hernán Godoy, señaló que todas las trabajadoras de servicios domésticos cuentan con el derecho al pago de la prima como cualquier otro trabajador. Sin embargo, Godoy explica que antes el hogar no era considerado una empresa, por lo que carecían de estos derechos, pero con la sentencia C-871 del año 2014, con ponencia de María Victoria Calle Correa, y posteriormente dicha sentencia las empleadas del servicio doméstico cuentan con los derechos labores, como la prima, al igual que las demás personas.

¿Cómo se calcula la prima de las personas que trabajan como empleados domésticos?

Primero, el portal web de Symplifica cuenta con una herramienta digital, para que las personas puedan sacar en cuestión de segundos el valor exacto de la prima a pagar. Pero, García Fakih, cofundadora de Symplifica, explica los pasos a seguir para sacar el monto exacto. “Lo primero es sacar el salario mensual base, el cual es la sumatoria de todos los salarios del semestre o el tiempo que ha trabajado la empleada, se le suma lo correspondiente a los auxilios de transporte y las bonificaciones, horas extras y demás pagos que se hayan realizado y se divide a por el número de meses laborados”, expresó.

Luego de tener este valor se realiza la siguiente operación: salario mensual base por los días trabajados en el semestre, divididos por el número de días en el año (360). De esta manera se sabrá cuando se le debe pagar de prima a las empleadas domésticas.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA