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Judicial

“Nicaragua trató de generar incidentes para crear una solicitud de medidas cautelares"

La Universidad Externado de Colombia y LR organizaron un conversatorio para analizar el fallo de la Corte Internacional de Justicia

27 de abril de 2022

Nicolás Escobar Escobar

nescobar@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

En el encuentro "Luces y sombras sobre los derechos soberanos y los espacios marítimos de Nicaragua y Colombia en el Caribe Occidental: Comentarios a la sentencia de la Corte Internacional de Justicia", organizado por la Universidad Externado de Colombia y LR, se reunieron en el primer panel, sobre los incumplimientos en los deberes y obligaciones en la gestión de espacios marítimos, Manuel José Cepeda, Agente de Colombia en la Corte de La Haya; Eric Tremolada, profesor de Derecho Internacional e Integración, y Wilfredo Robayo, profesor de Derecho Internacional.

Durante el encuentro, Cepeda presentó un recuento de los puntos específicos del fallo. “Lo que sucedió fue que Colombia objetó la jurisdicción de la Corte y presentó varios argumentos, basado en las dos últimas pretensiones: amenaza del uso de la fuerza en Colombia y el reconocimiento de los límites territoriales”.

“Nicaragua trató de generar incidentes para crear una solicitud de medidas cautelares. Colombia siempre respondió ante esto”, agregó Cepeda, que anotó que Colombia argumentaba que no había violado los procesos con Nicaragua.

Con respecto a las peticiones de Nicaragua, Cepeda explicó que hubo dos: “Nicaragua le pidió a la Corte que asegurara que Colombia haría un reconocimiento formal de los límites de 2012. Es decir, planteó un desafío de forma a las decisiones de la Corte. La segunda petición era que se mantenga abierta su jurisdicción hasta que Colombia dé garantías plenas de que va a reconocer los limites de 2012 y va a dejar de violar los límites de Nicaragua".

Sin embargo, anotó, "la Corte rechazó las pretensiones de Nicaragua y, a lo largo de la sentencia, entendió que este era un tema interno de Colombia. Así que, en ese aspecto crucial, Nicaragua perdió".

Referente a la violación de los derechos y deberes de Nicaragua, el país centroamericano “planteó una estrategia de escalamiento de la violación, porque presentó a Colombia como un Estado que adoptó una política púbica de rechazo al fallo para justificar un patrón de violación de los derechos de Nicaragua, que provenían por las decisiones de los presidentes hacia abajo”.

Por esto, según Cepeda, se invitó a la Corte a estudiar los temas evento por evento. “De los 51 incidentes, la Corte encontró que la Fuerza Armada se excedió en 16, y consistió en que un capitán interrumpió la pesca de un individuo. Sin embargo, Nicaragua no pudo probar que a la embarcación se le prohibió la pesca”.

Por otra parte, Eric Tremolada, referente al cumplimento de lo decidido en 2012, señaló que “Colombia está generando unos ilícitos internacionales con los 16 casos. De entrada, sabemos que hemos incumplido”. Sin embargo, expresó también su preocupación por el hecho de que todas las tesis colombianas giren en torno a encontrar las ventajas en el derecho internacional.

Ante este comentario, Cepeda dijo que “Colombia no ha incumplido, porque no ha incumplido los límites formales en el fallo de 2012”, resaltando la trayectoria de Colombia en respeto del derecho internacional y el derecho constitucional.

Robayo, entonces, intervino y respondió que, frente a la responsabilidad de Colombia, “se minimiza la responsabilidad internacional porque solamente lograron probar unos daños. La responsabilidad existe y hay que entrar a decir que Colombia fue internacionalmente responsable”.

Frente a la problemática del narcotráfico, expresó que “podemos seguir la intervención del narcotráfico, sin embargo, la Corte dice que eso queda por fuera de las actividades que debe hacer Colombia en zona económica nicaragüense. Por ende, Colombia puede realizar actividades de interdicción en toda la zona”.

Finalmente, Cepeda respondió aclarando que el debate que se estaba realizando tiene que ver es con el alcance de la libertad de navegación. "Los poderes de zona contigua no incluyen seguridad. La libertad de navegación de Colombia sí incluye las facultades de interdicción en materia de lucha contra el narcotráfico, ya que la zona económica solo le confiere a Nicaragua derechos sobre recursos naturales".

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