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Legislación

Procuraduría y Naciones Unidas presentaron a MinDefensa hoja de ruta para manejo de protestas

Las entidades esperan que la guía entregada sirva para manejar la protesta pacífica bajo estándares internacionales de derechos humanos

21 de octubre de 2020

Laura Vita Mesa

lvita@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

La Procuraduría General de la Nación y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos le presentaron al ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, una herramienta para el manejo de la protesta pacífica bajo estándares internacionales de derechos humanos.

El documento, que contiene 10 principios rectores, se desarrolló con apoyo de más de 100 expertos a nivel mundial y contó con la participación de 50 países que hacen parte de la ONU. La guía, explicaron, permite hacer una medición del desempeño del país en una escala de 0 a 100, contando el número de indicadores que se aplicaron y los que faltan para respetar la reunión.

“Confiamos en que esta guía pueda aportar elementos importantes relacionados con el manejo de la protesta en consonancia con compromisos internacionales en derechos humanos asumidos por Colombia, que son de particular relevancia en la actual coyuntura”, dijeron.

Los principios rectores en mención, según dieron a conocer las entidades, son los siguientes:

1. Los Estados respetarán y garantizarán todos los derechos de las personas que participen en reuniones.
2. Todas las personas tienen el derecho inalienable a participar en reuniones pacíficas
3. Toda restricción que se imponga a las reuniones pacíficas deberá cumplir con normas internacionales de derechos humanos
4. Los Estados facilitarán el ejercicio del derecho a la reunión pacífica
5. No deberá emplearse la fuerza a menos que sea estrictamente inevitable y, en caso de emplearse, deberá hacerse con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos.
6. Todas las personas disfrutarán del derecho a observar, fiscalizar y grabar reuniones
7. La obtención de datos personales en relación con una reunión no debe suponer una intromisión inaceptable en el derecho a la intimidad u otros derechos
8. Todas las personas tienen derecho a acceder a la información relacionada con las reuniones.
9. Las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos en el contexto de las reuniones.
10. El Estado y sus órganos deberán rendir cuentas de sus actos en relación con las reuniones.

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