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Marcas

Hera, una marca de Volkswagen, perdió la carrera contra Hero en la Superindustria

El órgano de control concluyó que la similitud entre las empresa solicitante y opositora era evidente, lo que podría generar confusión

01 de abril de 2025

Juliana Mariana Cantor

jcantor@larepublica.com.co

Signo Opositor

Signo Solicitante


Una fábrica de Volkswagen en Wolfsburg, Alemania
Bloomberg
Canal de noticias de Asuntos Legales

Una nueva disputa llegó al despacho de la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, que puso en carrera a Volkswagen y a Hero, dos jugadores del sector automotriz.

El pleito se desató cuando la compañía de origen alemán solicitó a la Superindustria el registro de su marca ‘Hera’, para distinguir productos como accesorios o partes esenciales de automotores, que están identificados en la clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.

La compañía de motos presentó su oposición y alegó que la coexistencia de los signos confrontados podía generar confusión en el mercado, ya que ambas compañías operan en un mismo renglón económico.

La opositora argumentó que, a nivel gramatical, ortográfico y fonético, el signo solicitado era prácticamente igual a su marca registrada, debido a que, de las cuatro letras que lo conforman, tres habían sido replicadas.

La empresa también señaló que debido a que la expresión ‘Hero’ era utilizada de forma constante en el mercado, era obligación de la Superindustria velar porque la distintividad de su signo registrado no se viera afectada por la existencia de otras marcas similares.

Como respuesta a la oposición, la compañía alemana se defendió diciendo que, independientemente de su similitud ortográfica, las marcas evocaban conceptos distintos por lo que no existía riesgo alguno de confusión por parte del consumidor.

También señaló que a nivel fonético, las marcas eran distintas ya que, mientras la terminación del signo registrado era con ‘A’, la de su signo solicitado era con ‘O’.

Ante las posturas confrontadas, el órgano de control realizó un análisis de irregistrabilidad del cual concluyó primero, que el signo opositor poseía una familia de marca bajo la expresión ‘Hero’, por lo que debía tener una especial protección; segundo, confirmó que, debido a su similitud, los signos confrontados podían ser confundidos en el mercado; y tercero, el signo opositor no tenía suficientes elementos distintivos, por lo que negó el registro solicitado.

“En el caso analizado, es claro que el signo solicitado es confundible con la marca Hero. Además, los productos a identificar son de la misma clase”, dijo Luis Fernando Patrón, director jurídico de Cárdenas Vega Asesores.

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