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Judicial

SuperSociedades formula pliego de cargos a Grupo Prosegur por falta de información

Según la entidad, hubo presuntas irregularidades en la revelación del grupo empresarial en el registro mercantil de las subordinadas

16 de marzo de 2023

Alex Galvis Monguí

agalvis@larepublica.com.co

Superintendencia de Sociedades
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Sociedades anunció la formulación de un pliego de cargos en contra de Helena Irene Revoredo Delvecchio, por presuntamente cometer irregularidades en la revelación del grupo empresarial “Grupo Prosegur” en el registro mercantil de sus 14 subordinadas colombianas que se encuentran vinculadas al grupo.

Según la Supersociedades, existen empresas registradas en el exterior, las cuales servirían como medio para que Revoredo Delvecchio controle varias compañías colombianas. Algunas de estas serían Corresponsales Colombia S.A.S., Inversiones BIV S.A.S., Prosegur Tecnología S.A.S., Prosegur Sistemas Electrónicos S.A.S y Prosegur Gestión de Activos de Colombia S.A.S.

También están Prosegur Ciberseguridad S.A.S., Prosegur Seguridad Electrónica S.A.S., Servimax Servicios Generales S.A.S., Prosegur Vigilancia y Seguridad Privada Ltda., Dinero Gelt S.A.S., Compañía Transportadora de Valores Prosegur de Colombia S.A., Compañía Colombiana de Seguridad Transbank Ltda, Procesos Técnicos de Seguridad y Valores S.A.S. y Prosegur Procesos S.A.S

Por esta razón, Revoredo debió informarle a la Superintendencia sobre su vinculación dentro del conglomerado, dentro del registro mercantil.

El ente de control anunció que cuando se presenta la situación de control de varias sociedades, esta debe ser inscrita en el registro mercantil para darles publicidad frente a terceros a esa situación de control, en caso de no hacerlo de manera correcta, la entidad lo hará de oficio imponiendo las sanciones del caso.

"Cuando de conformidad con lo previsto en los artículos 260 y 261 del Código de Comercio, se configure una situación de control, la sociedad controlante lo hará constar en documento privado que deberá contener el nombre, domicilio, nacionalidad y actividad de los vinculados, así como el presupuesto que da lugar a la situación de control. Dicho documento deberá presentarse para su inscripción en el registro mercantil correspondiente a la circunscripción de cada uno de los vinculados, dentro de los treinta días siguientes a la configuración de la situación de control", dice el artículo 30 de la ley 222 de 1995 en su primer inciso.

Por su parte, el superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, explicó que la información brindada en esos registros es esencial para garantizar la seguridad de las empresas y de todas las personas que interactúen con estas.

"La publicidad de las estructuras de control y de los grupos empresariales puede resultar fundamental para las autoridades correspondientes, al analizar potenciales conflictos de intereses de los administradores sociales, la realidad de las operaciones entre vinculadas, la consolidación de estados financieros, la evaluación de riesgos y los efectos en casos de insolvencia.” indicó Escobar.

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