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Judicial

Tutelatón por la exigencia del carnet de vacunación a adultos para el ingreso a sitios públicos

El Consejo de Estado ha recibido más de 100 tutelas por supuestas vulneraciones a la locomoción y libre desarrollo de la personalidad

26 de noviembre de 2021

Cristian Acosta Argote

cacosta@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Desde la entrada en vigor del Decreto 1408 de 2021, que exige la presentación del carnet de vacunación a mayores de edad para entrar a sitios públicos, el Consejo de Estado ha recibido más de 100 tutelas de ciudadanos que aducen la vulneración de sus derechos por esta exigencia.

El consejero Roberto Augusto Serrato Valdés será quien se pronuncie al respecto, pues las tutelas, que alegan una vulneración a derechos fundamentales como la libre locomoción, libertad de reunión, libre desarrollo de la personalidad e, incluso, a la vida digna, fueron unificadas en un solo expediente. Los ministerios del Interior, Salud y Comercio, y la Presidencia de la República, son las entidades accionadas.

¿Qué exige el Decreto?

El Decreto 1408 entró en vigencia desde el pasado 16 de noviembre, y establece que las entidades territoriales adicionen a los protocolos contra el covid-19 la exigencia del carnet de vacunación para la entrada a bares, restaurantes, cines, discotecas, casinos, conciertos y, en general, a cualquier evento presencial que implique asistencia masiva. También se podrá presentar el certificado digital de vacunación para tal fin y los administradores de estos lugares deberán exigirlo.

Derechos en pugna

Como se mencionó, quienes han iniciado la “tutelatón” alegan que la medida sanitaria vulnera derechos fundamentales como los señalados. Según Jaime Arrubla, expresidente de la Corte Suprema de Justicia, lo que hay actualmente son derechos que entran en pugna.

Por un lado, están los colectivos, como a la salud, la vida y a un ambiente sano, que son los que busca proteger el Decreto; por otro lado, están los derechos de los accionantes (individuales), que alegan libertad de locomoción, desarrollo a la personalidad y a la asociación, entre otros.

Si bien es cierto que estos principios constitucionales chocan entre sí con el Decreto, Arrubla aseguró que el Estado debe tomar esta clase de medidas ante el problema de orden público que ha generado la pandemia. “Es un Decreto que no está constriñendo las libertades, sino que las regula. Si un ciudadano no se quiere vacunar, tiene la libertad de no hacerlo, pero no podrá entrar a lugares públicos porque perjudicará a los demás”, dijo.

Por otro lado, Juan Carlos Esguerra, abogado y exministro de Justicia, aseguró que los derechos individuales no están siendo vulnerados, sino limitados. En esa línea, agregó que el Estado debe imponer restricciones a los derechos en aras de garantizar la prevalencia del bien público que, en este caso, es la salud. “Lo que hemos vivido en el mundo con la pandemia nos ha demostrado que es necesaria esta decisión”, dijo.

LOS CONTRASTES

  • Juan Carlos EsguerraAbogado y exministro de Justicia

    “No se está imponiendo la obligación de que la gente se vacune. Cada uno puede decidir, pero quien no lo haga no puede aspirar a participar en aglomeraciones que pongan en riesgo la salud pública”.

  • Juan Manuel CharryAbogado constitucionalista

    “No hay derechos absolutos ni prevalentes, pues pueden ser limitados siempre y cuando la justificación sea razonable y proporcional para proteger el interés general, como el derecho a la salud”.

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