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OPINIÓN

Sobre el Certificado Empresa Biosegura Colombia

18 de enero de 2021

Carolina Téllez

Asociada en Derecho corporativo a Lloreda Camacho
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Emergencia Sanitaria (la “ES”), declarada a raíz de la pandemia del covid-19 por el Ministerio de Salud, ha tenido fuertes repercusiones en distintos ámbitos de la sociedad. Sin duda alguna, el sector comercial ha sido uno de los más afectados por la ES; por lo cual, con el fin de enfrentar los retos de la situación actual y acatar los protocolos de bioseguridad impuestos por el gobierno nacional, muchos de los comercios (por no decir todos) se han visto en la obligación de adaptarse, modificando de manera sustancial su normal funcionamiento.

Debido a lo anterior, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (el “Ministerio”), a través de la Resolución No. 1288 de 2020 (la “Resolución”) creó el sello de calidad “Certificado Empresas Biosegura Colombia” (el “CEBC”) con el fin de fomentar la recuperación en los sectores productivos de bienes y servicios.

El CEBC es un sello que tiene como fin principal promover la confianza y la competitividad en el sector productivo y así apoyar a la progresiva recuperación económica. De esa manera, el sello permite identificar con mayor facilidad aquellos establecimientos que cumplen con todos los protocolos de bioseguridad y normas sanitarias impuestas por el Ministerio de Salud (el “MinSalud”).

El sello puede ser obtenido por todas las empresas formalizadas que produzcan bienes o servicios de los sectores productivos y de comercio que implementen y cumplan los protocolos de bioseguridad establecidos por el MinSalud y que de manera voluntaria deseen obtener el mismo.

Los Organismos de Evaluación de la Conformidad (los “OEC”), debidamente acreditados por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (el “ONAC”), son quienes tienen a su cargo el otorgamiento y la cancelación de este.

El procedimiento para poder obtener el sello es relativamente sencillo. Únicamente se debe presentar una solicitud formal ante el OEC y aportar la siguiente información:

1. Información general del solicitante (nombre, razón social, dirección, datos de contacto, NIT, etc.).

2. Definición del servicio y/o producto ofrecido, con el fin de identificar cuáles son los protocolos de bioseguridad aplicables.

3. Documento en donde: a) se declare que se cumplen los protocolos de bioseguridad; y b) se diligencie el proceso de autoevaluación.

4. Documentación en donde se acredite (de manera descriptiva) el cumplimiento de los protocolos aplicables según la Resolución No. 644 del 24 de abril de 2020.

Los esfuerzos por parte del Ministerio de fomentar la reactivación económica del sector productivo son claros. Indudablemente el CEBC no soluciona la crisis que atraviesa la industria y el comercio, pero es un buen comienzo. La recuperación económica será un proceso largo que requerirá de la intervención de diversos actores (llámense estos privados o públicos). Lo importante es empezar a tomar medidas lo antes posible e invitar a los usuarios a “comprar” Colombia, sin descuidar la importancia de la salubridad colectiva. Precisamente esto es lo que incentiva el CEBC; es una invitación y un reconocimiento a los esfuerzos de actores conscientes en lucha.

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