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OPINIÓN

¿Se ha flexibilizado el Régimen de Cambios Internacionales?

16 de noviembre de 2021

Canal de noticias de Asuntos Legales

Si bien es usual escuchar en foros académicos y seminarios de actualización sobre el Régimen de Cambios Internacionales (RCI) que este se ha ido flexibilizando con el pasar del tiempo, aún es sumamente restrictivo. En las siguientes líneas expondré algunos de los avances en la flexibilización del RCI y la necesidad de avanzar en dicho proceso sin desconocer la finalidad de dicho régimen y su importancia para la economía nacional.

El RCI busca, entre otras cosas, mantener un control estadístico de la entrada y salida de divisas del país que le permita al Banco de la República (Banrep), como autoridad cambiaria, intervenir en el mercado de divisas con el fin de cumplir con los siguientes objetivos:

i)Incrementar el nivel de reservas internacionales para reducir la vulnerabilidad externa y mejorar las condiciones de acceso a créditos externo; ii) mitigar movimientos de la tasa de cambio que no reflejen el comportamiento de la economía y que puedan afectar negativamente la inflación; y iii) moderar las desviaciones rápidas y sostenidas de la tasa de cambio con el fin de evitar el desorden de los mercados financieros.

Hasta antes de 1967 Colombia atravesaba una crisis en la balanza cambiaria por falta de divisas, lo cual dificultaba el pago de la deuda externa y los bienes importados. Por lo anterior el gobierno de turno a expidió el Decreto 444 de 1967, mediante el cual Colombia adoptó el sistema cambiario conocido popularmente como “devaluación gota a gota. Este sistema, según Marc Hofstetter, ponía en manos del gobierno y no del mercado la determinación de la tasa de cambio, la cual era devaluada en pequeñas dosis diarias con la finalidad de estimular la competitividad de los exportadores.

Adicionalmente el Decreto 444 impedía a los colombianos contar con propiedades en el exterior, cuentas bancarias en el extranjero y solamente el Banrep, salvo contadas excepciones, podía poseer divisas en el país.

El régimen cambiario de 1967, pese a su fuerte intervencionismo, ayudó a la estabilización de la balanza cambiaria y estuvo vigente 33 años, pues la Ley 9 de 1991 lo derogó e instauró las normas generales de cambios internacionales que hasta el día de hoy rigen en el país.

Desde el año 1992 la Junta Directiva del Banrep ha expedido normas que han resultado en la flexibilización del RCI, tales como la Resolución Externa 01 de 2018 y las Circulares Reglamentarias. Producto de la flexibilización se tiene que: i) no existe una tasa de cambio determinada por el Gobierno, ya que esta depende del mercado; ii) los residentes pueden poseer cuentas en moneda extranjera en el exterior; iii) algunas transacciones entre residentes se pueden pagar en moneda extranjera iv) No es necesario demostrar ante el Banrep las operaciones de obligatoria canalización que se realizan, aunque si se deben guardar los documentos que soportan estas, entre otras.

Pese lo anterior, el RCI sigue siendo bastante restrictivo y no permite la realización de operaciones permitidas por otras áreas del derecho, por ejemplo, la cesión de cuentas por cobrar de no residentes a favor de residentes con ocasión de la liquidación del primero, lo cual usualmente va en contravía de la realidad de los negocios.

Es necesario continuar con la flexibilización del RCI para facilitar el intercambio de bienes y servicios entre Colombia y el exterior y sobre todo con el fin de armonizar la normatividad cambiaria con áreas del derecho como el comercial y el tributario.

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