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OPINIÓN

Los plásticos en Colombia

26 de octubre de 2024

Natalia Núñez Vélez

Socia ambiental y sostenibilidad de Serrano Martínez CMA

correo@apap.com
Canal de noticias de Asuntos Legales

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mads) emitió una reglamentación para eliminar gradualmente los plásticos de un solo uso en Colombia e incentivar la implementación de estrategias de economía circular en los ciclos productivos de las empresas.

la Ley 2232 de 2022 estableció unas medidas para la reducción de la producción y el consumo de plásticos de un solo uso y planteó disposiciones para su sustitución gradual por alternativas sostenibles y su cierre de ciclo de vida.

Esta ley, diseñada para promover prácticas sostenibles y responsables en diversas industrias, presenta nuevos desafíos y oportunidades para las organizaciones que buscan alinearse con la regulación ambiental y la economía circular.

La norma prohibió la introducción en el mercado, comercialización y distribución de 14 productos, que estuviesen fabricados, total o parcialmente, con plásticos de un solo uso, incluidos los producidos con plástico oxodegradable.

Además, estableció que aquellas empresas que distribuyan o comercialicen los productos que no cumplan con las excepciones de la norma, deben sustituirlos o transitar hacia alternativas sostenibles y eliminar del mercado productos que no cumplen con criterios ambientales.

La prohibición de una parte del listado de los 14 productos se estipuló para el término de 2 años contados a partir de la entrada en vigencia de la norma, es decir, para el año 2024; mientras que el resto de los productos contemplados en la prohibición se acordaron para dentro de 8 años, o sea para el año 2030.

Aquellos plásticos de un solo uso, que no estén referidos en la prohibición, deberán ser incorporados por el productor o importador en los procesos productivos dentro del cierre de ciclos del modelo de economía circular y de Responsabilidad Extendida del Productor (REP), de forma articulada con los instrumentos de manejo y control ambiental en materia de gestión de residuos posconsumo de envases y empaques.

Quienes no acaten lo establecido en la Ley podrán ser sancionados con multas de cien (100) hasta cincuenta mil (50.000) Smlmv; el decomiso de los elementos plásticos y la clausura temporal o definitiva del establecimiento.

el 24 de junio de 2024 el Mads expidió la Resolución 0803 de 2024, que desarrolló algunos artículos de la ley de plásticos de un solo uso y modificó la Resolución 1407 de 2018.

En general, esta reglamentación busca establecer medidas para reforzar la transición de Colombia hacia la eliminación de los plásticos de un solo uso, fija las alternativas sostenibles para su reemplazo, desarrolla la responsabilidad extendida del productor, las directrices administrativas para las entidades públicas y el régimen de transición para las bolsas plásticas distribuidas en los cajeros y puntos de pago.

Herramientas técnicas como el diagrama de mariposa y el Análisis de Ciclo de Vida (ACV) son indispensables en este escenario jurídico pues otorgan información técnica que permite tomar decisiones y facilitar el cumplimiento de las normas.

En ese sentido, la economía circular se nutre de un componente técnico importante que consolida la implementación de este modelo productivo como una alternativa rentable para las empresas y que permite que éstas sean viables desde lo social, lo económico y lo ambiental.

resulta imperioso que las empresas comiencen a realizar este tipo de transiciones de manera voluntaria y no porque una ley de carácter nacional así lo ordena, ya que así podrán anticiparse a las discusiones que actualmente se están dando en Europa y el resto del mundo y en consecuencia no solo tendrán buenas prácticas que permitirán su continuidad, sino que podrán ser más competitivas en los mercados que operan.

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