Con la reciente publicación de la Circular Externa 20 de 2019 (Circular), la Superintendencia Financiera continúa con el proceso de transición para la adopción plena en Colombia de los Acuerdos de Basilea III. Basilea III es el conjunto de propuestas de regulación bancaria adoptado por el Foro de Estabilidad Financiera y el Grupo de los 20 en 2010 para robustecer a los bancos como respuesta a la crisis hipotecaria global de 2008. El propósito esencial de Basilea III es comprometer a los bancos a aumentar sus reservas de capital, de tal forma que estén protegidos para soportar el impacto de pérdidas inesperadas o catastróficas.
¿Cómo ha avanzado la implementación en el país?
La SFC ha venido implementando la transición para la implementación de Basilea III en el país. Para ello, emitió el Decreto 1477 de 2018 y el Decreto 1421 de 2019 (integrados al Decreto 2555 de 2010). Bajo estos decretos, la relación de solvencia total se define como el valor del patrimonio técnico (calculado según el Decreto 2555) dividido por el valor de los activos por nivel de riesgo crediticio, de mercado y operacional, lo cual debe arrojar una relación porcentual de al menos 9%. Adicionalmente, la relación de solvencia básica (valor del patrimonio básico ordinario neto dividido por el valor de los activos ponderados por nivel de riesgo crediticio, de mercado y operacional) se fijó en 4,5%. Para entidades con importancia sistémica existen “colchones” adicionales de patrimonio.
Las reglas introducidas por estos decretos aplican solo a establecimientos de crédito, organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero y algunas entidades de naturaleza única. Los establecimientos objeto de estas reglas deberán cumplir con tales disposiciones a partir de enero de 2021 (salvo para solvencia básica adicional y “colchones”, para lo cual se da una implementación gradual de cuatro años).
Tras la firma de estos decretos, se hacía necesario que la SFC ajustara las instrucciones y formatos para que los establecimientos de crédito dieran cumplimiento al nuevo marco normativo y reporten de manera acorde la información sobre su patrimonio técnico y margen de solvencia.
La Circular introduce un nuevo capítulo a la Circular Básica Contable y Financiera de la SFC y crea una serie de formatos / proformas de reporte, que comenzarán a regir en 2021 (mientras seguirán vigentes los formatos anteriores). Estos reportes tienen por objeto verificar el cumplimiento de las normas sobre margen de solvencia y otros requerimientos de patrimonio de los establecimientos de crédito, de acuerdo con lo dispuesto en la ley, y la autoliquidación de sanciones eventuales por el incumplimiento de las relaciones mínimas de solvencia. Con el fin de asegurar la correcta transmisión de la información en los nuevos formatos, las entidades destinatarias de la Circular deben realizar pruebas obligatorias en octubre de 2020, con base en los estados financieros con corte al mes de junio del mismo año.
A más tardar el 31 de octubre de 2019 cada entidad deberá remitir a la SFC un plan de implementación del nuevo marco normativo, el cual debe incluir un cronograma de trabajo mensual de seguimiento de la implementación.
La Circular establece que la entidad que demuestre que se encuentra en capacidad de cumplir con las disposiciones de los decretos y la Circular podrá aplicar el nuevo marco normativo a partir del 30 de marzo de 2020, previa autorización y compromiso de su junta directiva, para lo cual deberá informar a la SFC y realizar las pruebas respectivas.
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