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Comercial y de la empresa


Martínez Báez Consultores

Chocolatería y el Derecho Marcario

18 de octubre de 2022

Jorge Ortega Cruz

Asociado Martínez Báez Consultores
Martínez Báez Consultores

jortegaius@hotmail.com
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En el mes de septiembre de este año, el Tribunal Supremo Federal de Suiza dictó sentencia en contra de la empresa Lidl (Lidl Stiftung & Co. KG) con origen en Alemania, dedicada a la apertura de supermercados y que cuenta con amplia participación en el mercado comunitario europeo. Tal sentencia se origina por la venta de chocolatinas de forma de conejo de Pascua, siendo la parte actora la empresa suiza productora de chocolate denominada Lindt (Lindt & Sprüngl), misma que ha popularizado este producto durante décadas por lo que decidió emprender acciones legales en contra de la empresa alemana mediante demanda en el año de 2017. Originalmente, el Tribunal de Comercio del Cantón de Argovia había desestimado la demanda de Lindt & Sprüngli contra Lidl el año pasado. El Tribunal Supremo Federal revocó esta sentencia y falló a favor de Lindt.

Si bien no es el único asunto que se ha resuelto por los tribunales, cabe mencionar que, en julio del año 2021, un tribunal alemán falló a favor de Lindt contra la empresa alemana Heilemann, propiedad de Viba Sweets, la cual comercializaba también un conejo sentado en papel de aluminio dorado. No obstante, lo anterior en esta ocasión solo señalaré el primer asunto legal.

¿Qué argumentos son los señalados por la empresa chocolatera Lindt en la demanda en contra de Lidl?

Un argumento es el de la antigüedad del producto toda vez que, señala como inicio de producción el año de 1952, causando un alto conocimiento de parte del público, además de que su distribución y comercialización se sitúa de manera internacional. Aunado a lo anterior, el conejo de Pascua de Lindt y Sprüngli viene en papel de aluminio dorado con una cinta roja y una campana alrededor de su cuello, mientras que el conejo de chocolate de Lidl coincide en la envoltura dorada.

¿Qué conclusiones se señalan en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo de Suiza?

Descubrió que los conejitos de chocolate de Lidl podían confundirse con los conejitos de chocolate de Lindt, que están protegidos por la Ley de Marcas en Suiza.

Siendo que en dicha Ley el conejo Lindt está protegido como una marca de forma, además que se trata de un producto que ha prevalecido en el mercado por un lapso importante de tiempo y es así que el Tribunal indicó lo siguiente: "Debido a su impresión general, los conejos de Lidl desencadenan asociaciones obvias con la forma del conejo de Lindt; en la memoria del público, por lo que no se pueden mantener separados".

Uno de los objetos primordiales a proteger por las legislaciones de propiedad industrial es el proteger a los consumidores de las asociaciones u origen falso de los productos o servicios que se ofrecen en el mercado bajo una marca. La sentencia incluye la destrucción de los productos fabricados por Lidl.

¿Qué reacciones ha habido con posterioridad a la sentencia?

"El fallo es un hito para la protección del conejito de oro Lindt en el mercado interno suizo", dijo una portavoz de Lindt pudiendo provocar un efecto domino en contra de las copias de conejos en el extranjero. Por parte de Lidl se declaró: "El conejo de chocolate en cuestión es un artículo de temporada, por lo que actualmente no tenemos existencias en Suiza que deban ser destruidas".

El abogado de Lidl, dijo que el Tribunal había devuelto el caso a un tribunal inferior para una revisión adicional, en particular para evaluar si Lindt puede tener derecho a una compensación monetaria.

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