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Donaciones

Reglamentan normatividad aplicable a contribuyentes del Régimen Tributario Especial

05 de febrero de 2018

Carlos Valencia


Asuntos Legales
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El pasado 20 de diciembre de 2017, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 2150 de 2017 (el “Decreto”), el cual reglamenta la normatividad aplicable a los contribuyentes del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta (“RTE”), incluyendo aspectos formales y de procedimiento que deben ser cumplidos por este tipo de entidades tales como asociaciones, fundaciones y corporaciones constituidas como entidades sin ánimo de lucro con el fin de pertenecer y poder mantener su condición de contribuyentes de este régimen. Holland & Knight le explica los principales aspectos de esta normatividad.

¿Qué se regula en relación con quienes donan recursos a entidades del RTE?

El Decreto reglamenta los requisitos que deben cumplirse para que proceda el reconocimiento del descuento en renta del 25% del valor de las donaciones efectuadas a entidades del RTE.

¿Cuáles son los principales puntos reglamentados por el Decreto?

El Decreto reglamenta los aspectos formales y de procedimiento a tener en cuenta al momento de solicitar la calificación, permanencia y actualización de la calidad de contribuyente del RTE, así como lo referente al registro web como requisito obligatorio que debe contener la información requerida para realizar la solicitud. En relación con lo anterior, para continuar en el RTE durante el año gravable 2018, las entidades pertenecientes al RTE deben presentar la información necesaria a la Dian a más tardar el 30 de abril de 2018. Adicionalmente, establece el procedimiento para determinar el beneficio neto o excedente, los requisitos que deben cumplirse para la aplicación de la exención de éste y las tarifas del Impuesto sobre la Renta que se aplicarán sobre el beneficio neto o excedente que resulte gravado. En ese sentido, determina los aspectos formales y sustanciales que deben cumplir las asignaciones permanentes como destinación del beneficio neto o excedente para la ejecución de programas de largo plazo que desarrollan la actividad meritoria.

La reglamentación establece la obligación para las entidades del RTE de determinar la renta mediante el sistema de comparación patrimonial y las causas justificativas del aumento patrimonial que le permitan al contribuyente no aplicar el mismo, así como los requisitos aplicables a la remuneración de cargos directivos y gerenciales y a la adquisición de bienes y servicios de vinculados en el RTE y los casos en los cuales se entiende que existe distribución indirecta de excedentes. Adicionalmente, el Decreto contiene el procedimiento aplicable cuando se considera que existe un abuso del RTE y las causales y el procedimiento de exclusión del mismo.

¿Qué otros puntos se deben tener en cuenta?

Debe tenerse en cuenta que existen reglas especiales para las entidades sin ánimo de lucro que fueron creadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y para las entidades del sector cooperativo y las personas jurídicas sin ánimo de lucro originadas en la propiedad horizontal.

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