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Legislación

Conozca cuáles son las multas, penas y desafíos alrededor de los delitos ambientales en el territorio nacional

Atentar contra el bien jurídico del ambiente trae multas que llegan como máximo a 50.000 smlv y hasta 14 años de prisión

30 de noviembre de 2020

Allison Gutiérrez Núñez

agutierrez@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

La protección del medio ambiente es uno de los objetivos más importantes a nivel mundial. El Acuerdo de París, por ejemplo, hoy integrado por 195 países, del cual Colombia hace parte, es uno de los acuerdos internacionales que buscan reforzar la respuesta global a la amenaza del cambio climático.

De igual forma, para que los esfuerzos sean completos, muchos de los países han venido integrando y modificando su legislación en función de la evolución de las demandas ambientales.

LOS CONTRASTES

  • Camilo BurbanoAbogado penalista y profesor de la Universidad Externado

    “El gran problema no es de leyes, es más de la ausencia de personal capacitado en justicia ambiental. Y de una expresa concientización social que no solo evite el delito ambiental, sino que lo denuncie”

A la fecha, en el Código Penal colombiano están tipificados hasta 13 delitos ambientales. Según el penalista y profesor de la Universidad del Externado, Camilo Burbano, en Colombia se entiende por delito ambiental toda “conducta que afecte el bien jurídico de los recursos naturales y ambiente”.

Algunos de esos delitos son la caza ilegal, el aprovechamiento ilícito de los recursos renovables o la invasión de áreas de especial importancia ecológica, entre otros. (ver gráfico)

En cuanto a las penas, muchos de esos delitos contra el medio ambiente suelen ir hasta 140 meses, es decir, 11,6 años. Sin embargo, como explicó Burbano, existen algunos agravados como la contaminación ambiental o la explotación ilícita de yacimientos mineros, que podrían generar penas de 168 meses de prisión (14 años).

Por otro lado, atentar contra este bien jurídico, el medio ambiente, también supone multas que llegan como máximo a 50.000 salarios mínimos legales vigentes (Smlv), es decir, hasta más de $43.000 millones que podría acarrear una persona o empresa por incurrir en este delito.

Y aunque Colombia cuenta cada vez con más tipificación de la conducta delictiva, los expertos en derecho ambiental y penalistas señalan que más allá de buscar incorporar más delitos o aumentar las penas, lo que se debe hacer es clarificar mejor los ya existentes y atender dinámicas culturales y sociales.

Esto también en referencia al último proyecto de ley presentando ante el Congreso por el representante a la Cámara, Juan Carlos Losada, en materia ambiental, que pretende agregar 17 delitos más al Código Penal, modificar los existentes y aumentar las penas y sanciones.

Para Burbano, “no es una mala idea” incorporar más delitos o realizar reformas a este bien jurídico “porque claramente se ha quedado corto frente a las cada vez mayores agresiones al medio ambiente”; sin embargo, para este, la redacción de los tipos penales no es la mejor y esto lo que genera son actos de no punibilidad para conductas graves.

“No es solo agregar delitos, sino en general modificar los tipos penales que ya existen y agregar las conductas que no están contempladas”, explicó el penalista.

Aunado a eso, los expertos en la rama van mucho más allá de la responsabilidad penal y señalan que a la par de que se genera una mayor ampliación de las conductas dañinas contra el medio ambiente se deben contemplar dinámicas socioeconómicas que de una u otra forma son causales indirectas de que en Colombia no se pueda generar una protección real de los recursos.

Carolina Montes, investigadora de derecho ambiental en la Universidad Externado, dijo que el problema ambiental en Colombia no es de ausencia de leyes, por el contrario, como bien explicó, en el país lo que hay “es una hipertrofia normativa en materia ambiental”. Por ello, dijo que el problema está más ligado a factores sociales y económicos como la pobreza.

“En un país con necesidades básicas insatisfechas es muy difícil hablar de protección ambiental. Estamos protegiendo ciertas especies que están en riesgo de extinción, pero a la vez tenemos personas que tienen hambre y que se ven forzadas a cazar esas especies”, indicó.

Como medida complementaria, Camilo Quintero, consultor ambiental, puntualizó que en países donde hay una alta conflictividad ambiental como Colombia, más allá de lo penal, a lo que se debe apuntar es a un cambio en la cultura.

Sobre esa conflictividad ambiental en Colombia, cabe destacar que así lo estipula el Atlas Ambiental, un mapa interactivo creado por la Universidad Autónoma de Barcelona y organizaciones, que permite evidenciar proyectos localizados a nivel mundial que perjudican la protección del ambiente como operaciones petroleras o lugares de deforestación, incluso zonas de riesgo para el activismo ambiental. Ahí, según Quintero, Colombia acostumbra a aparecer en el puesto tres de países con mayores conflictos.

Las apuestas para lograr una integralidad en la protección del ambiente apuntan por un lado a lo señalado por el penalista Burbano, quien sugiere que se debe superar el déficit investigativo que hay para atender los delitos ambientales. Por otro lado, Montes dice que para que la pobreza no se convierta en un factor perverso, pagar por proteger el ambiente debe ser una de las soluciones. Mientras que Quintero indicó que el Acuerdo de Escazú debe ser la vía para que el país se fortalezca institucionalmente, culturalmente y se aumente la participación.

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