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Legislación

¿Qué hacer si el vecino de arriba le inunda el apartamento y no quiere responder?

Si no es posible lograr un acuerdo por las buenas, o con mediación de la administración, lo mejor sería interponer una querella

27 de octubre de 2022

Laura Vita Mesa

lvita@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Vivir en comunidad puede ser un dolor de cabeza y puede pasar, por ejemplo, que el vecino del apartamento de arriba tenga alguna falla que inunde el suyo, generando daños materiales, además de la incomodidad.

Naturalmente, la primera opción debería ser acudir a quien está ocasionando el perjuicio, para que solucione el problema a las buenas. Sin embargo, con más frecuencia de la que se quisiera, la respuesta es negativa, o simplemente el vecino no aparece, por lo que es necesario recurrir a otras alternativas.

En principio, habría que acudir a la administración de la propiedad horizontal y exponer el caso, para que intervenga, citando a las partes interesadas, y se solucione el inconveniente entre los copropietarios con su mediación.

Si ese camino no resulta, explicó José Sebastián Cáceres, socio de Altano Abogados, se puede iniciar una querella y, por esta vía, solicitar que se repare el daño y que el vecino del apartamento de arriba tome las medidas correspondientes.

Ese trámite puede realizarse ante una inspección de Policía o la Alcaldía, que citan a los involucrados a una conciliación, cuya asistencia es obligatoria, para intentar encontrar una solución. Ahora, si el vecino no se presenta, o no quiere conciliar, existe otra vía judicial para forzarlo a que responda por los perjuicios ocasionados por su negligencia en la reparación.

“En principio, uno es responsable de lo que ocurra con su propiedad y los daños que por esta se ocasionen a otra persona”, dijo el abogado, que agregó que por esa razón se puede iniciar también una acción de responsabilidad civil.

Este procedimiento, sin embargo, es mucho más largo y dispendioso, pero resulta una alternativa válida para resarcir los perjuicios en caso de que no se logre solucionar el problema, ni por las buenas ni a través de la querella. Este proceso, además, puede dar lugar a una solicitud de indemnización, además del pago de los daños ocasionados.

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