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Legislación

Solo 7,2% de los matrimonios firmó capitulaciones durante el primer semestre de 2019

Las ciudades del país donde más se registraron capitulaciones fueron: Bogotá (456), Medellín (433), Cali (107) y Barranquilla (37).

16 de octubre de 2019

José González Bell


Canal de noticias de Asuntos Legales

“Para que nada nos separe, que no nos una nada” recita un poema de Pablo Neruda. Sin embargo, los colombianos todavía parecen creer profundamente en el amor, pues de los 24.454 matrimonios celebrados durante el primer semestre del año, solo 1.783 han tenido capitulaciones matrimoniales, es decir, apenas 7,2% de ellos. Esta figura tiene como objetivo proteger los bienes de ambas partes en una relación, y si bien cada año aumenta este proceso, aún es un tema tabú o mal visto.

De acuerdo con el artículo 1771 del Código Civil, se conocen con el nombre de capitulaciones matrimoniales a las convenciones que celebran los esposos antes de contraer matrimonio, relativas a los bienes que aportan a él, y a las donaciones y concesiones que se quieran hacer el uno al otro, de presente o futuro. Es por esto que, AL consultó a abogados especializados y encargados del notariado para indicarle en qué consiste el contrato prematrimonial y saber si esta opción puede ser para usted.

Lo primero que debe saber es que el proceso se puede realizar en cualquier notaria y se debe presentar un inventario detallado de los bienes (muebles, inmuebles, dinero, acciones, negocios, cuentas de ahorro, ganado, producción agrícola etc.) que desea excluir en la sociedad conyugal una vez contraiga matrimonio o inicie unión marital de hecho.

Mónica Bautista Navarro, notaria encargada de la Notaría 38 de Bogotá, indicó que dentro de la capitulación también se puede establecer que lo adquirido durante el matrimonio solo es de quien lo compre, más no de la sociedad conyugal.

“El objetivo de la capitulación es establecer qué se quiere que haga parte o no de la sociedad conyugal que va nacer por el hecho de matrimonio. Además, es importante precisar que para que se puedan firmar las capitulaciones, las partes contrayentes deben estar de acuerdo, por lo tanto, antes de acudir a la notaria hable con su pareja respecto a lo que se va a firmar y las implicaciones que trae excluir bienes. Es un contrato solemne y debe elevarse a escritura pública”, expresó la experta.

Bautista señaló que este proceso es cada vez más común en Colombia e indicó que del total de matrimonios que registra la Notaría, entre 30% y 40% llevan capitulaciones.

Las ciudades del país donde más se registraron capitulaciones durante el primer semestre de 2019 fueron: Bogotá (456), Medellín (433), Cali (107) y Barranquilla (37).

Sin embargo, siguen siendo bajas en comparación con la cantidad de matrimonios que se celebran en el país. Por ejemplo, durante 2018 se dieron 54.271 uniones, de las cuales, solo 3.896 registraron realmente capitulaciones.

El objetivo de este proceso es que, en caso de divorcio, cada una de las partes pueda proteger lo que le pertenece, pues al momento de contraer matrimonio, ya que las dos partes involucradas tienen un derecho real de copropiedad sobre los bienes que adquiera el otro cónyuge en posterioridad a esa unión.

Así mismo, una herramienta para proteger sus bienes adquiridos antes del matrimonio, además de las capitulaciones, es disolver la sociedad conyugal inmediatamente contraído el matrimonio ante el mismo notario. Esta liquidación podrá evitar que se haga una repartición de los bienes que fueron adquiridos antes de la unión, en caso de divorcio.

LOS CONTRASTES

  • Mónica Bautista Notaria (e)

    “El objetivo principal de las capitulaciones es acordar qué hace parte y qué no de la sociedad conyugal. Lo primero que debe hacer es hablar con su pareja y dejar en claro cuáles son las pretensiones de cada uno”.

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