Después del análisis comparativo, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro de marca CLA Abogados
15 de octubre de 2024Signo Opositor
Signo Solicitante
aniel Andrés García Jiménez se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, con el fin de registrar la marca CLA Abogados para distinguir servicios de las clases 45 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales hacen referencia a los servicios de abogados.
Luego de la solicitud, Sandra Milena Rodríguez Sarmiento presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
La parte opositora argumentó que “la coincidencia de los servicios o productos amparados con una marca o solicitud anterior, con los que pretende distinguir el nuevo signo”.
La marca CL Abogados identifica principalmente servicios jurídicos registrados en la Clase 45 Internacional; y por su parte, la marca solicitada CLA Abogados - Mixta, pretende identificar los mismos servicios en la Clase 45.
La parte solicitante dijo que “es importante atender al factor denominativo pues gráficamente la coincidencia es nula debido a que la marca cuyo registro se pretende tiene reivindicación de colores, es un signo mucho más simple, pero con fuerza distintiva resaltando en mayúsculas la sílaba CLA y abajo abogados”.
La marca solicitante, también aseguró que mientras que la marca opositora no tiene reivindicación de colores, y consiste en las grafías “CL”, seguida abajo por “CL” en escritura especular y más abajo por la palabra “Abogados” dentro de una figura geométrica rectangular y por último en la parte más baja con la parte explicativa “Asesores jurídicos en Propiedad intelectual”.
La Superintendencia de Industria y Comercio atendió a los argumentos de ambas partes y dijo que “se observan claras semejanzas en los vocablos predominantes en cada uno de los signos confrontados, elemento relevante en la configuración del signo y que resalta respecto de los demás, de esta manera, el signo solicitado resulta confundible con el signo antecedente”.
Teniendo en cuenta las consideraciones tanto de la marca solicitante como de la opositora, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro de la marca CLA Abogados.
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