Marca identificará artículos de equipaje como bolsas y mochilas así como productos comprendidos en la clase 18 de Niza
02 de junio de 2020Gracias a las nuevas tecnologías, las personas de todo el mundo están más conectadas, lo cual, ha sido aprovechado por las diferentes entidades para difundir sus marcas. Es el caso de la Marca País Colombia de Procolombia con la que se pretende que tanto turistas como inversionistas y compradores descubran todos los atributos locales.
Fiducoldex, como vocera de Procolombia, se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para oponerse a la solicitud de Jade Longelin que quería registrar el signo Lombia + Co, con el cual pretendía identificar artículos de equipaje, bolsas y mochilas, entre otros productos de la clase 18 de Niza.
La compañía opositora señaló que el signo que se pretendía registrar incurría en la causal de irregistrabilidad del literal a) del Artículo 136 de la Decisión Andina 486 del 2000. Esta señala que no se podrá registrar una marca que sea similar o idéntica a una previamente registrada por un tercero.
“El elemento de la abreviatura Co en ambas marcas es idéntico y el elemento Lombia de la solicitante reproduce 80% de la palabra Colombia. Es evidente que los elementos mencionados tienen un significado asociado y no son meramente artículos o palabras accesorias, sino que los mismos logran generar la misma impresión en el público consumidor”, señaló la opositora.
Además, la compañía le indicó a la Superindustria que los signos tenían conexidad competitiva al identificar productos en la clase 18 de Niza, con lo que se trataba de los mismos productos o algunos que pudieran ser sustituibles para satisfacer ciertas necesidades de los consumidores.
Frente a los argumentos de la oposición, Jade Longelin presentó respuesta para defender su registro de marca y señaló que la expresión Colombia, además de ser una indicación geográfica, contenía toda una identidad nacional.
“Se trata de una palabra presente en un considerable número de marcas que identifican productos de la clase 18, por lo que se puede considerar, de uso común”, señaló Longelin.
Finalmente, la solicitante indicó que, a diferencia de lo que dijo la opositora, su marca Lombia + Co no sería fácilmente confundible con Co Colombia y que con su registro no se estaría atentando contra los intereses de un tercero.
Luego de los argumentos, la SIC determinó que cada signo tenía elementos que le aportaban distintividad y permitían asociarlos a su respectivo origen empresarial. Por ello, declaró infundada la oposición de Procolombia y otorgó el registro a Lombia + Co.
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